El TSJ absuelve al administrador concursal del Rey don Sancho de Zamora
El fallo judicial estima correcta la valoración de las pruebas que hizo la Audiencia de Zamora y rechaza el recurso de la acusación particular contra la absolución del administrador concursal del hotel

Juicio en la Audiencia Provincial de Zamora al administrador concursal del hotel Rey don Sancho. / Emilio Fraile (Archivo)
La Audiencia Provincial de Zamora lo absolvió el pasado mes de noviembre y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se ha pronunciado también sobre la causa judicial del hotel Rey don Sancho para refrenar la absolución al que fue administrador concursal del establecimiento hotelero.
El TSJCyL ha hecho público este jueves el fallo judicial por el que exculpa al economista que hizo de administrador concursal de los supuestos delitos de extorsión, estafa procesal y administración desleal de los que le acusaba tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular. Tras la sentencia inicial del tribunal zamorano, la acusación ejercida por la sociedad propietaria del hotel recurrió pero los magistrados autonómicos vuelven a darle la razón al acusado y le absuelven, además de imponer las costas del recurso a la acusación. Contra el fallo ya no cabe recurso en la vía ordinaria y únicamente podrá recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.
El Tribunal Superior de Justicia ha estimado que la valoración de la prueba que hizo la Audiencia de Zamora en la sentencia de noviembre fue correcta y que no hubo engaño ni administración desleal por parte del economista, pese a que pudiera existir un posible conflicto de intereses entre la actividad del acusado como administrador concursal y la contratación de una empresa familiar para unos trabajos de contabilidad.
También ha rechazado el tribunal autonómico que fuese una extorsión el precio que el establecimiento ofertó al administrador por un menú que disfrutó con unos amigos, ya que no se había acreditado que lo que se pagó fuese desproporcionado ni que la composición del menú fuese una imposición, sino una sugerencia, según determinó la Audiencia de Zamora y corrobora ahora el TSJ.
En el juicio, el acusado ahora absuelto había atribuido la denuncia a que, como administrador concursal, había declarado culpable el concurso, lo que suponía inhabilitar durante dos años al anterior administrador de la sociedad.
El director del hotel, que declaró como testigo, aseguró en la vista oral que el administrador concursal a partir de 2014 le insinuó en varias ocasiones que sus honorarios no se correspondía con el trabajo que estaba haciendo, que era mucho mayor.
En el juicio, el fiscal había pedido para el acusado un año y medio por extorsión, otro año y medio por administración desleal y dos años de cárcel por estafa procesal, además de una multa para él de 2.700 euros y de 39.204 para la sociedad familiar.
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