El TSJ "olvidó" la alarma social de conducir drogado al eximir de cárcel al conductor de Montamarta

El abogado de la familia de una víctima mortal recuerda que el Supremo es escrupuloso en el castigo por provocar fallecidos al circular bajo los efectos de estupefacientes

El condenado a pagar una multa por los tres fallecidos en el accidente, en el juicio de la Audiendia. | Emilio Fraile

El condenado a pagar una multa por los tres fallecidos en el accidente, en el juicio de la Audiendia. | Emilio Fraile / Susana Arizaga

"La alarma social que el Tribunal Supremo recalca en sus resoluciones" para castigar a conductores drogados que causan accidentes de tráfico con fallecidos se contrapone con la revocación de los 5 años de cárcel para el zamorano que causó tres muertes en Montamarta el 25 de septiembre de 2019, sentencia impuesta por la Audiencia de Zamora declara el abogado de la familia del joven finado de 21 años David Jodar, que ya ha recurrido esta decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León.

A ese criterio del Supremo se remite el letrado que, frente a las conclusiones del TSJ sobre la imposibilidad de conocer si el consumo de cocaína y cannabis influyó en el cerebro del imputado, de iniciales R.S.J., y Ernesto Osuna incide en los informes de los expertos, "peritos judiciales independientes", que en el juicio precisaron que los índices de cocaína en saliva y sangre eran muy elevados.

Osuna subraya la analítica de la muestra de saliva "que nos dice que tenía un índice de 500 miligramos de cocaína por milílitro; 332 de cannabis sátiva y otros 100 por el consumo de hachís", unas cifras que dejan muy atrás los valores máximos permitidos en la normativa Belga, uno de los países europeos que ha fijado parámetros.

Por lo que respecta a los análisis de sangre, también admitidos como válidos por el Superior de Justicia, el abogado vuelve a indicar que R.S.J. superaba 7 veces los valores mínimos que indican alteración de las capacidades cognitivas, "por eso ni hay frenada ni vio las luces del camión averiado" contra el que colisionó antes de salir disparado varios metros hacia el otro carril, con lo que causó la muerte del camionero que estaba ajustando las cinchas de la parte trasera derecha del remolque y de los dos ocupantes y amigos que llevaba en su Peugeot, David y el menor de 17 años, Mario que murieron en el acto.

En este punto, recuerda que la jefa de drogas del Instituto Nacional de Toxicología respondió cuando se le dijo que el acusado había dado unas caladas a un porro antes de conducir y que por eso pudo dar positivo: "Eso no se lo cree nadie".

El letrado no olvida apuntar que las muestras de sangre se extraen una hora después del siniestro, cuando el conductor imputado por tres homicidios por imprudencia fue trasladado al Hospital Virgen de la Concha, con lo que la presencia de esos estupefacientes sería menor que cuando tuvo lugar la colisión mortal. Defiende otra premisa: la Ley de Seguridad Vial "prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo", por tanto, "conducir dando positivo es una falta muy grave, eso nos dicen los expertos que son los que saben".

Por ello, exige al Alto Tribunal que castigue al conductor zamorano con una pena de cárcel superior, incluso, a la que acordó la Audiencia en septiembre de 2022. Un deseo que para el padre y la madre de David es impartir justicia, atónitos ante la decisión del Tribunal de Castilla y León, que no solo retira la prisión, sino que también reduce a 30 meses los 7 años de retirada de carné que acordaron los magistrados zamoranos. "Alguien con esa adicción no puede conducir, es un peligro. A mi hijo no nos lo devolverán, pero que nadie tengan que pasar por esta tragedia", manifestaba la madre de David a LA OPINIÓN-EL CORREO DE ZAMORA.

La pareja no alcanza a comprender que el TSJ afirme que resulta imposible determinar si R.S.J. tenía el cerebro afectado por las drogas frente "al criterio del Instituto de Medicina Legal de Zamora, el Nacional de Toxicología y de un catedrático experto en la materia de la Universidad de Sevilla", como destaca su abogado. Los progenitores de David se muestran más que "sorprendidos e indignados", incrédulos por una decisión que "sienta un precedente, da pie a que otros casos puedan terminar en multas", en cantidades, además que, como en esta causa, resultan llamativas cuando menos: 3.000 euros por cada muerte. "Esto no es justicia, te rompen la vida para siempre. Solo me calma el pensar que volveré a verle, a poder estar con él porque soy católica".

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La "falta de lógica y de sentido común en los argumentos" que recoge el TSJ en la sentencia que retira la pena de prisión para el conductor zamorano responsable de tres muertes en accidente es el primer punto sobre el que el abogado de la familia de David Jodar asienta el recurso de casación contra ese fallo ante el Supremo. En el escrito se indica que existe una infracción del derecho a tutela de la víctima por parte de la Justicia al estimar que "los argumentos del TSJ no cumplen" esos requisitos indicados.

Otro punto incide en que, si el Superior de Justicia admite los hechos probados que la Audiencia de Zamora, da por válido que el conductor iba al volante drogado y que excedía la velocidad reglamentaria, aunque fuera en 13 kilómetros por hora, si mantiene la base que dio pie a condenar a la Audiencia, puede condenar en el mismo sentido que los magistrados zamoranos.

Finalmente, se valora que "hay una equivocación del juzgador" y que existe "una desprotección de la víctima". Se recuerda que el cuentakilómetros se paró en 150 kilómetros y el reloj analógico del turismo se quedó clavado a la hora en que ocurrió el siniestro, por lo que el exceso de velocidad es claro.

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