La invalidez de un trabajador por accidente cuesta tres años de cárcel a dos empresarios de Zamora

La sentencia castiga la falta de medidas de seguridad para evitar caídas desde seis metros

Uno de los empresarios condenados, durante el juicio.

Uno de los empresarios condenados, durante el juicio. / S. A.

La falta de seguridad en la pasarela de la que se precipitó un empleado desde seis metros de altura en la nave de una harinera, en la que cargaba grano en su camión, acaba de costar una condena a tres años de prisión a los dos empresarios y hermanos (un año y medio para cada uno) por el delito de lesiones imprudentes y por el de incumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El empleado tiene una invalidez permanente absoluta que le impide desempeñar trabajo de ninguna clase tras el accidente laboral del que fue víctima a los 50 años, el 8 de septiembre de 2017, a las 8.30 horas en el interior de una nave, cuando aún no había amenecido y no había luz.

Una condena que castiga la responsabilidad de los dos empresarios en el accidente laboral que causó graves heridas al camionero que no podrá trabajar de por vida. La sentencia incluye una multa para cada uno de los condenados, de iniciales A.A.P. y A.A.F., por importe de 1.080 euros, ya que "no había medidas de protección de seguridad colectiva ni individuales que garantizasen la seguridad de los trabajadores ni en la pasarela ni en el acceso a la misma".

El juez especifica que "no había tampoco redes que pudieran evitar la caída por los huecos por donde el trabajador cayó", cuando para mover el lanzagranos era preciso quitar la parte de la plataforma por donde se coló el camionero, pero que "nadie vigilaba que dichas plantas se colocaran" de nuevo.

Incumplimiento del plan de evaluación de riesgos

La sentencia del Juzgado de lo Penal precisa que "si se hubieran adoptado las medidas de seguridad apuntadas por el técnico en su evaluación de riesgos del año anterior", es decir, si se hubiera procedido al "cerramiento de seguridad, se hubieran establecido carteles de prohibición del paso a personal no autorizado", como lo era el camionero, y con la "colocación de redes por debajo de la pasarela no se habría producido el accidente".

El juez considera que los dos empresarios "no adoptaron ninguna de las medidas incluidas en esa evaluación de riesgos" que se había hecho y que colocó en peligro a otros empleados de la nave de cereal, como a quien subía varias veces al día a la pasarela y accedía a esa plataforma por la del tejado que "ni siquiera tenía barandilla".

El camionero tuvo que ser atendido de graves heridas sufridas que le causaron una incapacidad permanente absoluta desde que ocurriera el accidente laboral el 8 de septiembre de 2017, a las 8.30 horas en el interior de una nave sin luz.

La Fiscalía de Zamora considera que hubo una imprudencia grave por parte de la empresa harinera, Hijos de Valentín Gago de Villanueva de Azoague, y de Transportes Arce que empleaba al conductor lesionado de 50 años, quien "podía haberse matado", subrayó.

Suscríbete para seguir leyendo