Las cotizaciones de 8.600 zamoranos a jornada parcial se igualan a las completas

La equiparación impulsada por el Gobierno entra en vigor en octubre y beneficia, principalmente, a mujeres que trabajan en condición precaria

Una limpiadora en un edificio público de Zamora.

Una limpiadora en un edificio público de Zamora. / LOZ

Luis Garrido

Luis Garrido

El próximo mes de octubre traerá consigo una reestructuración del sistema de cotizaciones sociales que permitirá a los trabajadores a tiempo parcial equiparar sus condiciones a las del trabajo a tiempo completo a efectos de cómputo para la pensión. La medida impulsada por el Gobierno de España busca, principalmente, reducir la brecha de género, teniendo en cuenta que son las mujeres las que presentan una mayor tasa de parcialidad y temporalidad a lo largo de su vida profesional. En la provincia de Zamora, esta iniciativa tendrá su impacto en 8.600 personas, que son las que cuentan con este tipo de contratos de acuerdo con los últimos datos oficiales presentados por la administración. Todas ellas comenzarán a contar cada día de trabajo efectivo, sea cual sea su duración, por un día cotizado.

La traducción a la reforma de la Ley General de la Seguridad Social es que la duración de la jornada laboral no será un factor determinante para la jubilación. Una medida que permitirá acumular a estas personas más rápidamente el periodo cotizado necesario para acceder a la pensión, independientemente de las horas trabajadas, de acuerdo con lo establecido en el denominado Real Decreto de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. De manera textual, el texto dicta que, "a efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos".

Conviene recordar que el cambio legislativo no se circunscribe exclusivamente a las jornadas parciales, sino que introduce otras medidas para paliar las desigualdades en materia de género. Así, con el fin de compensar el impacto negativo de las carreras de cotización irregulares marcadas por la inestabilidad y la precariedad laboral que soportan mayoritariamente las mujeres, así como los amplios periodos de lagunas de cotización vinculadas al cuidado de los menores, se revisa la regla relativa al periodo de cómputo para el cálculo de la pensión, ofreciendo una doble alternativa a lo largo de dos décadas que permitirá la aplicación a las personas trabajadoras de la más beneficiosa.

Estas personas podrán elegir, por lo tanto, entre tomar los últimos 29 años de carrera descartando los 24 meses con peores cotizaciones o bien, mantener la aplicación de la regla, hasta ahora vigente, de los últimos 25 años si la base reguladora de la pensión resultante es más beneficiosa para la persona que accede a la pensión.

Por otra parte, se mejora la cobertura de las lagunas de cotización, de forma que se cubrirán hasta cinco años de vacío de cotización con el 100% de la base mínima, frente a los cuatro actuales. El sexto y el séptimo año sin cotizar se cubrirá con un 80% de la base mínima, frente al 50% actual. En la misma línea de refuerzo de la equidad y corrección de la situación de discriminación estructural que han sufrido históricamente las mujeres en el mercado de trabajo, se prevé un incremento del complemento por brecha de género. Así, se subirá en los dos próximos ejercicios (2024 y 2025) un 10% adicional al IPC.

Todas estas medidas impulsadas por el Gobierno de España tienen por objeto facilitar el acceso a las pensiones de jubilación para colectivos que han sufrido precariedad laboral.

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