Obras ilegales junto a la muralla de Zamora: el TSJ ordena demoler pavimentos ilegales en una parcela de Rúa de los Notarios

El Tribunal ya condenó al titular del inmueble en 2012 a derribar una piscina cubierta y dos edificaciones de 130 metros en suelo público

Parcela junto al cubo de la muralla en la que el TSJ ordena demoler los solados y pavimentos.

Parcela junto al cubo de la muralla en la que el TSJ ordena demoler los solados y pavimentos. / Cedida

Es la segunda sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León que ordena demoler obras realizadas ilegalmente en suelo público, junto a la muralla, realizadas por el titular del inmueble número 20 de la Rúa de los Notarios, en una parcela colindante con la cuesta del Mercadillo que baja desde uno de los cubos del lienzo zamorano.

Los magistrados de Valladolid confirman la condena de 2017 del Juzgado Contencioso de Zamora que obliga al propietario de la finca, el zamorano de iniciales J.A.H.R., a demoler las soleras y pavimentación que ocupan suelo de Libre Uso Público (LUP), de acuerdo con el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico.

Casi cinco años después de ese fallo los solados permanecen inalterables, a pesar de que la jueza dictó la ejecución de la sentencia en 2019 para que el vecino de Los Notarios 20 dejara el terreno totalmente expedito, como espacio verde. En ese año, la magistrada zamorana declaraba “no terminada la ejecución por incumplimiento total de las demoliciones recogidas en la sentencia de febrero de 2017”.

La juez emite un auto de ejecución de esa sentencia en septiembre de 2021 en el que concede un plazo de 10 días a J.A.H.R. para que “acredite el cumplimiento íntegro” de la retirada de esos elementos. El zamorano recurrió, lo que ha dado lugar esta última sentencia del TSJ de julio de 2022, en la que los magistrados reiteran que no pueden legalizarse estas obras sin vulnerar el planeamiento urbanístico, dada su calificación como LUP. “Esta concreción bastaría para desestimar” la pretensión del propietario de la finca precisa el fallo judicial.

El TSJ puntualiza, ante las alegaciones del condenado, que la sentencia de Zamora no se refiere a la solera de 5 centímetros de hormigón legalizada por la Comisión Territorial de Patrimonio de la Junta en agosto de 2020 para el acceso peatonal a la vivienda y de vehículos, realizada tras levantar un suelo de pizarra por orden del Contencioso, sino al resto de solados y pavimentos ilegales.

Otra condena en 2011 por edificar

Este ciudadano ya fue condenado en diciembre de 2011 por el Contencioso de Zamora por realizar construcciones ilegales en suelo Libre de Uso Público, en aquella ocasión se trataba de una piscina cubierta, dotada con placa solares, y dos inmuebles de 40 y 90 metros cuadrados en medio de la finca y un tercer habitáculo accesorio de una sola planta.

La decisión del Juzgado también fue recurrida en el TSJ y perdida en medio de una importante polémica. El Ayuntamiento de Zamora abrió un expediente por "una infracción urbanística muy grave" al ahora condenado y le impuso una sanción de 300.000 euros. La jueza obligaba a demoler las construcciones, mientras reprochaba al Ayuntamiento de Zamora la “inactividad y pasividad durante 9 años”, lo que permitió esas edificaciones sin reproche legal.

Los técnicos municipales confirmaron hace once años que se trataba de edificaciones "ilegales", recogidas en el decreto de Alcaldía de 19 de mayo de 2010, levantadas sobre una "parcela de suelo de uso público", situada en el antiguo callejón de los Perros. El Contencioso de Zamora dio entonces por "totalmente acreditada su inactividad y pasividad" del Consistorio "durante más de nueve años», durante los que hizo "dejación total y continuada de sus obligaciones urbanísticas".

La juez incidía en que "desde el año 2001", la institución local "tiene conocimiento de la ilegalidad de las edificaciones» sin hacer nada por reconducir la situación, sino que "ha consentido nuevas construcciones igualmente ilegales que a día de hoy siguen existiendo, a excepción de una caseta".

Sin licencia de obras

La decisión judicial implica no sólo la "demolición de construcciones" y "reposición de los bienes afectados", es decir, "de la parcela destinada por el planeamiento urbanístico a suelo libre de uso público" sobre la que se han levantado varias edificaciones, "obras realizadas sin licencia" y "no legalizables", especifica la sentencia, sino también la ejecución del "procedimiento sancionador".

Un expediente para el que técnicos municipales concluyeron con la imposición al ciudadano infractor de una multa por "una infracción urbanística muy grave" contra el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, "reconocida expresamente" por el propietario en las alegaciones, en las que admitía haber realizado las obras sin licencia, según los técnicos.

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