El Defensor del Pueblo admite la queja de los abogados de oficio de Zamora

Los letrados piden a Ángel Gabilondo una dignificación del servicio y las retribuciones

Una protesta de los abogados de oficio de Zamora

Una protesta de los abogados de oficio de Zamora / L.O.Z.

Carlos Gil Andrés

Carlos Gil Andrés

El Defensor del Pueblo ha admitido a trámite la queja presentada por nueve abogados de Zamora del turno de oficio en la que pide a la institución que proteja “a los profesionales del Derecho en la reclamación de remuneraciones dignas por los servicios prestados en el servicio de justicia gratuita con actualizaciones vinculadas al IPC y el abono por todas las situaciones de disponibilidad en el turno de oficio.

También solicitan el pago de todos los desplazamientos ligado al kilometraje efectuado, el abono de todos los servicios prestados con independencia del reconocimiento al derecho de justicia gratuita del justiciable, desplazando la carga de su abono del profesional al interesado y la modificación del Art. 30 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, dando una categoría digna a la naturaleza de los pagos efectuados por el servicio y en atención a las reclamaciones anteriores.

Los letrados recuerdan que el sistema de asistencia jurídica gratuita es un servicio público prestado por abogados y procuradores con el objetivo de “garantizar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva y de igualdad” de las personas menos favorecidas.

Sin embargo, pes a ser “un soporte fundamental para la práctica de los derechos fundamentales” es un servicio que se presta en condiciones de “auténtica precariedad”.

Un divorcio contencioso, 270 euros

Los abogados se quejan de las escasas remuneraciones. “Por ejemplo, un divorcio contencioso tiene un pago previsto de 270 euros, a pesar de tratarse de litigios generalmente complejos que pueden requerir años en sustanciarse” y su coste medio en el mercado se sitúa en más de 1.500 euros. “Es decir, se abona el 18% del coste medio de un litigio por exactamente el mismo trabajo”.

Además las cantidades no se actualizan con la subida del coste de la vida y si una vez empezado el proceso al beneficiario no se le concede la justicia gratuita no se paga nada al abogado de oficio.

Los aboganos admiten que está previsto en el baremo un pago por disponibilidad de los servicios de guardia, pero “en la mayoría de los casos esta no se abona”, pese a estar disponibles fines de semana y festivos. El impago de desplazamientos es también habitual y afecta principalmente a los letrados con servicios en el medio rural.

Incluso la Ley de Justicia Gratuita considera que el pago a los abogados de oficio es en concepto de “indemnización” y no el abono por un servicio profesional. Los abogados recuerdan también que por la propia naturaleza del servicio no pueden hacer huelga y sus capacidades de protesta son limitadas precisamente porque ejercen servicios ligados a los derechos fundamentales de las personas.