Opinión

Sobre la cita previa y la administración en general

CARTAS

CARTAS

(Vuelva usted mañana) Mariano José de Larra.

Como bien sabemos, a consecuencia del COVID 19, y para hacer frente a una situación transitoria, es decir, en principio temporal y limitada, se creó la cita previa, que presumo, que casi todos hemos sufrido, en algún momento, su obligatoriedad, pues, a decir verdad, a mi juicio carece de habilitación legal. Cabe señalar que la única excepción legal se recogía en la ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID 19, en el ámbito de la Administración de Justicia (BOE nº. 250, de 19 de septiembre de 2020).

Sentado lo anterior y teniendo en cuenta la situación de medida excepcional, véase el artículo 4.2 de nuestro Código Civil, que nos dice: "Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellos".

Entiendo, salvo mejor criterio, fundado jurídicamente, que pasada y superada, a Dios gracias, aquella situación, ya no procede mantener, al menos, obligatoriamente la "cita previa", que tantas situaciones de angustia y desesperación nos ha generado, cuando hemos tenido que pasar largos ratos al teléfono, a la espera de una contestación.

Ha de generalizarse la atención personalizada y presencial al ciudadano, a ser posible con horarios flexible, sin que ello suponga al funcionario tener que ampliar su horario o jornada.

En esencia, la cita previa ha de quedar con carácter voluntario, como un derecho más del ciudadano. Artículo 103 de la C.E. pero, no puede imponerse la cita previa obligatoria que afecta a la dignidad y a los derechos de muchas personas, especialmente de los grupos de población más débiles o vulnerables.

La administración no puede imponer a los ciudadanos que se relacionen con ella por vía telemática, si carecen de los medios necesarios y la formación para tal fin. Es evidente que, no se puede marginar a las personas que tienen dificultades para acceder a la tecnología.

Quede claro que, lo que jamás puede permitirse, en un estado social y democrático de derecho, es la generación de indefensión en el ciudadano, en el administrado. La administración para está servir al ciudadano y un acto de servicio es no poner trabas o barreras en los medios de comunicación, siempre debe existir un acercamiento de la administración al administrado, facilitándole la atención presencial.

Creo oportuno que, procede volver a la normalidad y eliminar, de una vez y para siempre, la obligatoriedad de la cita previa, que debe quedar como facultativa, esto es, con carácter opcional, para quien lo deseé.

Leía recientemente que, la ciudadanía constata diariamente, el deterioro de buena parte de los servicios públicos más esenciales.

No podemos olvidar que el envejecimiento poblacional exige un sobreesfuerzo en servicios públicos esencialmente sociales, enseñanza y sanidad.

La Administración debe tomar las oportunas medidas para evitar el sufrimiento de los administrados, especialmente por lo que afecta a los sectores más vulnerables de la población, mayores, educación y sanidad que son los más necesitados de protección.

Espero que los responsables políticos tomen cartas en el tema y no se limiten a dar buenas palabras, la ciudadanía requiere hechos reales y no buenas palabras. "Obras son amores y no buenas razones".

Pedro Bécares de Lera

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