La Fiscalía ve un presunto delito de prevaricación en el caso de los pastos de Luelmo

El responsable de Podemos en el municipio denunció al alcalde por un posible favor a familiares a la hora de aplicar la norma

Pastos comunales

Pastos comunales

La Fiscalía Provincial de Zamora ha remitido al juzgado el caso del aprovechamiento de los pastos comunales en el municipio de Luelmo, al entender que podría existir un presunto delito de prevaricación administrativa por parte del alcalde, Eladio de Pedro. Supuestamente, el regidor habría favorecido a una persona a la que le unen lazos familiares a la hora de aplicar una norma que es restrictiva en lo tocante al tiempo que debe llevar empadronada en el municipio la persona que se beneficia de los pastos.

El caso procede de la denuncia presentada por el responsable de Podemos en el municipio, Miguel Ángel Guerra Cosme, que aludió a un posible ilícito penal cometido por el alcalde y, en su caso, por la secretaria y los concejales. La Fiscalía ha admitido ahora que, efectivamente, en la ordenanza reguladora del aprovechamiento de los pastos del Ayuntamiento de Luelmo, se establece entre los requisitos que el beneficiario lleve inscrito en el padrón al menos dos años.

El informe de la Guardia Civil

El informe realizado por la Guardia Civil a raíz de la denuncia incluye un listado de las fechas de alta en el padrón y de los adjudicatarios de los aprovechamientos. Esa relación señala que la familiar del alcalde, propietaria de una explotación ganadera de ovino desde 2005, no se empadronó en Luelmo hasta el 23 de diciembre del año 2019, mientras que las adjudicaciones de los pastos se produjeron el 25 de marzo de ese mismo ejercicio y el 10 de abril de 2021.

Según el escrito de la Fiscalía, la familiar "no cumplía el requisito establecido en la ordenanza". En esa línea, hay que recordar que el delito de prevaricación, previsto en el artículo 404 del Código Penal, castiga a la "autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo".

El ya citado informe de la Guardia Civil considera que se procedió a la adjudicación de pastos a una beneficiaria que era familiar del alcalde sin cumplir con los requisitos que estaban estipulados en la ordenanza. De ahí que se estime que la resolución pudiera ser injusta e ir en perjuicio del interés público. Es decir, existen indicios, a juicio de los investigadores, para ver la posible comisión del delito denunciado."

Primero, ante el Procurador del Común

Hay que recordar que, antes de emprender la vía judicial, el responsable de Podemos en Luelmo acudió al Procurador del Común, organismo dependiente de la Junta de Castilla y León que elabora informes, pero que no tiene potestad para obligar a las administraciones a que repongan la legalidad.

El reparto de pastos comunales reporta ingresos a los ayuntamientos, ya que los ganaderos y agricultores tienen que hacer frente a unos pagos, unas cantidades que repercuten en las ayudas de la PAC que reciben de la Unión Europea por la utilización de esas fincas. Incluso, en un caso no tan lejano en el tiempo de la comarca de Sayago que llegó al Tribunal Superior de Justicia de Valladolid, la sentencia dejó sin efecto esa distribución de las fincas comunales.