Un juzgado de Zamora perdona la deuda de un matrimonio: más de 116.000 euros

La Justicia les concede el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

ICAL

El Juzgado de Primera Instancia e instrucción número cinco de Zamora les ha concedido a un matrimonio el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho mediante el que les exonera de una deuda de 116.178,51 euros, según informó la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

Según relata la citada Asociación, la situación comenzó cuando el hombre de la pareja perdió su trabajo y tuvo que recurrir a solicitar una pre jubilación para obtener alguna fuente de ingresos, aunque “la cuantía que le reclamaban de la deuda era mayor que la pensión recibida por la jubilación”. En ese momento, se encontraron con una deuda total de más de 115.000 euros y una cuota mensual incompatible con el resto de gastos, por lo que aun intentando pagar diferentes préstamos conforme podían, no surtía efecto, mientras que los intereses de los impagados impedían la disminución de la cuantía total a deber.

Ante esta situación, el matrimonio acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados especializados en la llamada Ley de la Segunda Oportunidad, a la que se acogieron y que dio inicio a una negociación con los acreedores, que rechazaron la propuesta.

Finalmente, la demanda de concurso presentada por los abogados ante los juzgados de Zamora dio paso al perdón de la cuantía total que tenían a deber.

¿A quiénes se les pueden perdonar las deudas?

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que pasan por la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado los últimos cinco años y carecer de delitos de orden socioeconómico. Una vez comprobados estos presupuestos, se dictó la resolución definitiva, que ha permitido dejar a los deudores liberarse de los 116.178,51 euros que tenían que pagar y mantener su vivienda y su vehículo en propiedad tras el concurso.