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La Audiencia condena a 20 años de cárcel a El Nani y Kafú por el crimen de Ricobayo

La sentencia, que será recurrida ante el TSJ, acuerda la pena mínima por asesinato con ensañamiento por estimarla "proporcional y suficiente"

La Audiencia condena a 20 años de cárcel a El Nani y Kafú por el crimen de RicobayoFoto L. O. Z.

La Audiencia Provincial acaba de condenar a 20 años de prisión a los dos culpables, según el jurado, del asesinato con alevosía y ensañamiento de Jesús H.M., el vecino del barrio de Las Llamas de 53 años de edad cuyo cadáver apareció en el embalse de RicobayoRicobayo, el 13 de septiembre de 2012, maniatado y con una bolsa del Sacyl ocultando su cabeza. La magistrada impone así la pena "mínima" que permite el Código Penal (que se mueve entre los 20 y los 23 años) a los dos procesados, de iniciales R.L.S., apodado "El Nani", de 22 años de edad, y R.R.S., alias "Kafú", ya que estima que la condena es "proporcional y suficiente", puesto que "ya se cumplen las exigencias legales". Asimismo, puntualiza que "la sinrazón que se aprecia en la comisión de los hechos", del asesinato, calificado como "brutal" en el fallo según describieron los forenses, "es común e inherente a todos los casos en que se produce una muerte violenta de otra persona, con las agravantes declaradas probadas por el jurado", la alevosía y el ensañamiento.

La magistrada, Esther González González, agrega en la sentencia que "las condiciones personales de los delincuentes tampoco justifican un mayor reproche" y que no cabe una condena menor a los 20 años para cada uno de los imputados porque "no hay un plus no tenido en cuenta" a la hora de fijar la misma.

En cuanto a la falta de prueba directa para demostrar que El Nani y Kafú son los responsables del crimen, como estableció el jurado, que alegan los abogados de la defensa, quienes ya anunciaron el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia (TAJ), la sentencia se remite a las declaraciones del dueño del vehículo Volkswagen, Indalecio, en el que está probado que se trasladó el cadáver de Jesús hasta el embalse de Ricobayo, al que se arrojó para deshacerse de él. Su testimonio durante la instrucción fue el mismo que en el juicio con jurado y coincide en los esencial con la declaración de la testigo protegida, el 15 de septiembre, días más próximos a la localización del cadáver de Jesús, "más ajustadas a la realidad de lo sucedido", dice la sentencia, para desestimar como cierto lo manifestado en el juicio con jurado, en el que "se retractó absolutamente", para acusar a la Guardia Civil que investigó el crimen de haberle amenazado para firmar una declaración ya elaborada por los agentes. La mujer, una toxicómana que vivía en Las Llamas, dijo entonces que "vio montados en el coche a Nani y a Kafú", que el primero le dijo que llamara a Jesús, "que iban a hacer un viaje" y que "se fue con ellos". También confirmó que "las llaves del coche se las quitó Nani a Indalecio", su dueño a cambio de droga.

Por lo que respecta a los encubridores, un matrimonio sevillano que ayudó a ocultarse a El Nani en Sevilla cuando huyó de la Guardia Civil, la magistrada impone seis meses de prisión a cada uno, por "la relación de parentesco" entre el procesado y la pareja y "la importancia de los vínculos familiares y de raza entre las personas de etnia gitana". En cuanto a las indemnizaciones para los hermanos del finado, las reduce considerablemente, a 80.000 euros en total: 30.000 euros para dos de ellos; y 50.000 euros para los otros cinco.

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