Las granjas bovinas tendrán una capacidad máxima de 850 unidades de ganado

La nueva norma afecta a la producción de leche y carne de vacuno, que representa más del 30% de la producción ganadera

Ical

El Consejo de Ministros de este martes aprobó un real decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas, que hasta ahora no contaban con una normativa nacional que regulase su ordenación sectorial, como sí ocurre con otros segmentos ganaderos como el porcino o el aviar.

El sector bovino ocupa la segunda posición por detrás del sector porcino en cuanto a importancia económica de las producciones ganaderas. La producción de leche y carne de vacuno representa más del 30 por ciento de la producción final ganadera en España.

Atendiendo al principio de proporcionalidad de toda norma, se establece una diferenciación entre los requisitos para las granjas de nueva instalación y las ya existentes. Estas últimas dispondrán de un período transitorio para el cumplimiento de determinados requisitos cuando ello sea necesario, así como de diferencias derivadas de su aptitud productiva. Se establece una capacidad máxima para las granjas de nueva instalación en 850 unidades de ganado (el equivalente a unas 725 vacas de leche, por ejemplo).

El decreto clasifica las granjas en diferentes categorías en función de su tamaño, al objeto de modular las exigencias en los distintos ámbitos de actuación de la norma. El objetivo es que el grueso de las granjas existentes de carácter familiar no vea comprometida su competitividad en términos de costes.