Catorce pueblos de Zamora celebran el 28M elecciones para elegir alcalde pedáneo

Es la primera vez que la Junta de Castilla y León organiza estos comicios, con ayuda del Estado

Castropepe, uno de los pueblos que elige alcalde pedáneo.

Castropepe, uno de los pueblos que elige alcalde pedáneo. / J. L. F.

L. G.

Catorce entidades locales de la provincia de Zamora elegirán el próximo 28 de mayo a sus alcaldes pedáneos. Se trata de la primera vez que estas elecciones son convocadas por la Junta de Castilla y León, que ha dado a conocer el manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales al objeto de que no haya problemas durante la jornada electoral. Los pueblos llamados a las urnas son Fresnadilllo (Bermillo de Sayago), Santa Marta de Tera (Camarzana de Tera), Tudera (Fariza), Litos (Ferreras de Abajo), Villanueva de Valrojo (Ferreras de Arriba), Aguilar de Tera (Micereces de Tera), Vecilla de la Polvorosa (Morales del Rey), Santa Colomba de las Carabias (San Cristóbal de Entreviñas), Sitrama de Tera (Santibáñez de Tera), Paladinos del Valle (La Torre del Valle), Mózar y Vecilla de Trasmonte (Villanázar) y Castropepe (Villanueva de Azoague).

Mediante este Decreto de la Junta de Castilla y León, publicado en la jornada de ayer en el Boletín Oficial del Estado, se convocan elecciones a alcaldes pedáneos de las 2.208 entidades locales menores de la Comunidad de Castilla y León, que se celebrarán el domingo 28 de mayo de 2023, distribuidas provincialmente del siguiente modo: dos en Ávila, 643 en Burgos, 1.226 en León, 223 en Palencia, 19 en Salamanca, 17 en Segovia, 55 en Soria, 9 en Valladolid y 14 en Zamora.

La Junta Electoral Central, por Acuerdo de 23 de enero de 2019, ha establecido que, en los casos en los que las comunidades autónomas asuman la competencia de creación de nuevas entidades territoriales cuya composición y funcionamiento requiera la celebración de elecciones, es la comunidad autónoma la que asume las competencias en materia de convocatoria y gestión de los comicios correspondientes.

Junto al decreto de convocatoria, por Acuerdo de la Junta de Castilla y León también se aprueba el manual de instrucciones que se entregará a los miembros de las mesas electorales. Este manual es elaborado, fabricado y distribuido por el Ministerio del Interior, que asume también el gasto. Incorpora las especialidades correspondientes a la comunidad autónoma y, una vez, supervisado por la Junta Electoral Central, debe ser aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros y por el Consejo de Gobierno de Junta de Castilla y León.

Dado que se produce la concurrencia electoral con las elecciones locales cuya competencia le corresponde al Estado, se va a suscribir un convenio en materia de gestión electoral entre el Estado y la comunidad de Castilla y León. Ambas partes se comprometen a colaborar con el objetivo de utilizar los recursos necesarios de una manera eficiente, previendo el préstamo de recursos cuando fuera necesario y facilitando una gestión electoral coordinada, de acuerdo con la información proporcionada por la Junta.