La jueza reduce un 25% la retribución a Alberto Vega por suspensión de empleo

La sentencia que desestima el recurso del exjefe de Jardines contra el decreto de Alcaldía le retira el cien por cien del sueldo básico

Vega llega al Juzgado en el coche de la Policía Nacional. | Nico Rodríguez

Vega llega al Juzgado en el coche de la Policía Nacional. | Nico Rodríguez / Susana Arizaga

La jueza del Contencioso reduce en un 25% la retribución básica que el Ayuntamiento de Zamora había fijado para el exjefe de Parques y Jardines hasta que concluya el procedimiento penal por delitos de corrupción por los que se le investiga, cuya gravedad dio origen el 10 de marzo de 2021 a un decreto de la Alcaldía de suspensión provisional de empleo y sueldo.

La sentencia -que es ya es firme tras confirmarla el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en enero- no solo rechaza la pretensión de Alberto Vega de anular el decreto del alcalde, Francisco Guarido, sino que le perjudica al ordenar al Consistorio que reajuste la retribución del funcionario a la baja. El recurso presentado por el funcionario contra la suspensión de empleo y sueldo deja sin efecto el pago del 100% del sueldo que se le venía realizando desde la institución al estipular la juez que debe quedarse en el 75%.

El fallo insta al Ayuntamiento a rectificar la norma aplicada para calcular ese montante y especifica que debe realizar los cálculos de acuerdo con el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. En concreto con el artículo 21.4 que dice textualmente que “tendrá derecho a percibir el 75% de su sueldo, trienios y pagas extraordinarias”. Solo perdería ese derecho si se paralizase el expediente del investigado, situación “que comportará la pérdida de toda retribución mientras se mantenga dicha paralización”.

El Consistorio había aplicado hasta mediados de noviembre la reducción el Reglamento de Funcionarios de la Administración Local para establecer esos ingresos, normativa que estipula el 100% de las mismas.

Cobrar de empresa privada

La Ley permite que Vega Vicente continúe percibiendo las retribuciones de las arcas municipales aunque consiga trabajo en la empresa privada. De darse esa situación, la legislación consiente que el empleado municipal tenga dos fuentes de ingresos, a pesar de que el TSJ denegara el recurso del funcionario para recuperar la gestión de fondos públicos del servicio municipal y la nulidad de los decretos de Alcaldía que limitaban sus funciones.

La jueza rechaza el recurso por la existencia de una “investigación penal de contratos administrativos de los que el recurrente era el responsable y que afectan a la hacienda pública por delitos de malversación de caudales públicos, fraude, falsedad documental y blanqueo de capitales”. Mantiene que la suspensión provisional se prolongará mientras el procedimiento penal continúe, siempre que sirva para salvaguardar los intereses públicos. Frente a la tesis del abogado del investigado, tilda la medida de “proporcional y necesaria, dada la gravedad de los hechos” en investigación: presuntas falsificaciones de documentos “en innumerables contrataciones administrativas, todas vinculadas y dentro del área de Parques y Jardines”. El mismo párrafo alude al pago por el Ayuntamiento de “innumerables prestaciones, suministros y obras presuntamente infladas o que no se habían realizado, o se efectuaban suministros innecesarios a un precio exorbitado o se compraban dos veces sobre los mismos objetos”.

Proteger los intereses públicos ante una posible malversación

La magistrada del Juzgado Contencioso apunta que el exjefe de Parques y Jardines “puede estar o no de acuerdo con la motivación” de la decisión de Alcaldía, “pero lo que no puede decir es que la malversación no exista” o que su suspensión de empleo y sueldo “no esté relacionada con la necesidad e idoneidad de proteger los intereses públicos del Ayuntamiento”. La sentencia que confirma la legalidad del decreto reitera que esta medida acordada por el máximo mandatario municipal, Francisco Guarido, no vulnera el principio de presunción de inocencia de Alberto Vega ya que se dicta mientras se investiga si cometió delitos de corrupción por los que se le detuvo y pagó una fianza de 60.000 euros para evitar la prisión provisional. El Contencioso apunta que la suspensión de empleo y sueldo “no prejuzga la comisión” de las infracciones penales, sino que persigue “asegurar el interés público que podría resultar afectado”, ya que “están vinculados al ejercicio de su actividad profesional”. Zanja la cuestión al indicar que la continuidad de Vega al frente de Jardines puede “entrañar un peligro o riesgo para la función y su desdoro”, un perjuicio para el prestigio, la credibilidad o la fama. La juez impone las costas al funcionario.

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