¿Tienes una tienda en Zamora? Así pueden gastar el Bono Nacimiento en tu establecimiento

Los negocios que lo deseen pueden sumarse a la iniciativa como colaboradores

Etiqueta Establecimiento Colaborador de la Tarjeta Familia.

Etiqueta Establecimiento Colaborador de la Tarjeta Familia.

A. A.

El Bono Nacimiento es una ayuda de hasta 2.500 euros que concede la Junta de Castilla y León a las familias castellanas y leonesas con hijas e hijos nacidos o adoptados a partir del 1 de enero de 2023, a través de una convocatoria abierta de subvenciones. Dos son los objetivos principales: fomentar la natalidad, ayudar a las familias con hijos y dinamizar el comercio de Castilla y León.

¿Quiénes pueden pedirlo?

Todas las familias que están empadronados en Castilla y León pueden solicitarlo y este bono se materializará en una tarjeta prepago, llamada Tarjeta Familia, para comprar productos básicos en los establecimientos comerciales adheridos como alimentación infantil, pañales, productos de higiene, ropa y accesorios infantiles, farmacias, ortopedias u otros para la atención infantil.

El Bono Nacimiento se ingresará en la Tarjeta Familia de prepago.

El Bono Nacimiento se ingresará en la Tarjeta Familia de prepago.

¿Cómo identificarme como negocio colaborador?

Desde la Junta, explican que este trámite para manifestar formalmente la condición de establecimiento colaborador no es un requisito para aceptar el pago de compras con dicha tarjeta, es decir, que no hace falta declararse públicamente como establecimiento colaborador para que las familias compren en tu negocio. No obstante, no está de más aparecer en el listado oficial de todos los establecimientos a modo de "escaparate" para que las familias tengan en cuenta tu comercio y ganes visibilidad. Así las cosas, los establecimientos que deseen tener el "título" oficial de "colaboradores", solo deben rellenar un breve formulario que puedes descargar aquí. En él te solicitarán nombre, apellidos, DNI, dirección, sector, nombre del comercio, el epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas de España (CNAE), etcétera.

Una vez completados todos los datos, habrá que guardarlo en PDF y desde el mismo PDF se podrá enviar por correo electrónico a la dirección indicada.

¿Cuánto me darán a mí como padre o madre?

Las familias disponen de tres meses desde el nacimiento o la adopción para solicitar la ayuda o a contar desde la publicación de la convocatoria en el caso de los niños nacidos entre el 1 de enero y dicha fecha de publicación (6 de febrero de 2023). La cuantía del Bono Nacimiento variará en función del nivel de renta y del número de miembros de cada familia y se incrementará en el caso de discapacidad del recién nacido o adoptado.

Cuantías del Bono de Nacimiento.

Cuantías del Bono de Nacimiento.

¿Es compatible con otras ayudas?

La ayuda del Bono Nacimiento será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, pero no con las deducciones por nacimiento o adopción de la cuota en el tramo autonómico del IRPF.

¿Cómo se pide?

Desde la Sede Electrónica de Castilla y León. Desde ahí podrán acceder a la aplicación informática en la que deben grabar su solicitud. Allí encontraran la normativa que regula esta subvención y toda la información sobre los requisitos que deben cumplir los solicitantes, la documentación que deben aportar y toda la información sobre el Bono Nacimiento.

¿Qué otras cosas tengo que saber?

  • No es posible obtener reintegros en efectivo a través de cajeros automáticos ni hacer compras online con la Tarjeta Familia.
  • Para compras ajenas a las necesidades del bebé, la tarjeta estará bloqueada.
  • Las familias deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Se entenderá por familia la formada por los dos progenitores, con independencia de que mantengan o no algún vínculo legal y/o afectivo y las hijas e hijos de todos ellos, o por la única persona responsable familiar y por todas sus hijas e hijos.
  • Podrá considerarse única persona responsable familiar, a la mujer víctima de violencia de género aunque no tenga atribuida en exclusiva, la patria potestad de sus hijos.
  • Los progenitores con hijos no comunes de relaciones anteriores, para determinar el nº de orden del nacido o adoptado, se computará, de una parte los hijos del mismo padre y por otra, a los de la misma madre. Podrán optar por el cómputo más favorable.
  • La subvención se concederá a nombre de quien figure en la solicitud como primer progenitor.
  • El plazo máximo para resolver cada solicitud será de 6 meses desde que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para la tramitación de la subvención. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, las solicitudes se entenderán desestimadas.
  •  Inicialmente la tarjeta se cargará con un saldo del 50% de la subvención concedida y a los 6 meses de la primera recarga se abonará el 50% restante.