Este jueves, la consejera de Sanidad, Verónica Casado, ha anunciado el confinamiento perimetral de Salamanca capital, que entra en vigor en la medianoche del viernes al sábado. Pero, ¿en qué afecta estas restricciones de movilidad a los cientos de zamoranos que tienen relación con la capital de la provincia vecina. 

Trabajadores: En la práctica, los zamoranos que residan en Zamora y trabajen en Salamanca podrán acudir diariamente a su puesto de trabajo.

Estudiantes: los estudiantes zamoranos que tengan su centro de estudios en Salamanca, también podrán acudir diariamente, dado que se mantienen las clases presenciales, por el momento.

Zamoranos residentes en Salamanca: tal y como ha sucedido durante el estado de alarma, los zamoranos que residan en Salamanca por motivos laborales o de estudios, podrán regresar a Zamora siempre y cuando puedan justificar en un hipotético control de movilidad que su domicilio habitual está en Zamora.

Más allá de todos estos casos, los zamoranos podrán entrar y salir de Salamanca capital siempre y cuando justifiquen una causa de fuerza mayor o se trate de una de las siguientes excepciones, tal y como se ha publicado en la norma del BOE:

1) Se restringirá la entrada y salida de personas de los municipios previstos en el apartado 1.1, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse.

g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.