El vecino de Mellanes que llamó ciego al alcalde de ese barrio del Ayuntamiento de Rabanales de Aliste tendrá que pagar finalmente una multa de 180 euros al representante municipal, José Cruz Mateos, al considerar la juez que cometió un delito de falta de respeto a la autoridad. En la misma sentencia, absuelve al acusado, de iniciales D.J.F.L.S., de los delitos de injurias y contra la integridad moral que le imputaba el Ministerio Fiscal que exigía una multa de 1.620 euros por considerar que cuestionaba su capacidad para desempeñar el cargo por su ceguera.

El imputado negó en todo momento haber dicho al alcalde de barrio en un concejo abierto del 27 de febrero de 2016, en Mellanes, que "quién era él para negarle nada", en referencia a la leña que se repartía, "que era ciego y discapacitado, inútil, muerto de hambre y que se puso delante de él para ver si realmente era ciego o fingía", indica la magistrada del Juzgado de lo Penal en su sentencia.

La juez admite como probado, por los testimonios recogidos, que hubo una falta de respeto a una autoridad, puesto que el alcalde de barrio es nombrado por el regidor de Rabanales porque le faculta la ley para ello, y su mandato está ligado al del regidor municipal, tal y como refleja el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que consideran a los alcaldes de barrio como autoridad.