Sucesos en Zamora

El TSJ confirma que el joven del accidente mortal de Montamarta conducía drogado, pero sin evidencia de que influyera en el siniestro

La sentencia descarta la condena a prisión porque "no existe evidencia rotunda de que el consumo de estupefacientes influyera" en las causas del siniestro

El acusado al inicio del juicio en la Audiencia de Zamora. | Emilio Fraile

El acusado al inicio del juicio en la Audiencia de Zamora. | Emilio Fraile / Susana Arizaga

El zamorano que puso fin a la vida de sus propios amigos de 21 y 17 años y de un camionero de 48 años circulaba drogado, pero "no se puede asegurar que la cantidad consumida influyera en la conducción" y que fuera determinante en el accidente de Montamarta la noche del 25 de septiembre de 2019.

El propio Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León da por "acreditado" ese hecho en su sentencia que revoca la condena a 5 años de cárcel que impuso la Audiencia de Zamora al imputado de iniciales R.S.L., que tenía 38 años el día del accidente. Los magistrados se remiten a los análisis de saliva y de sangre realizados al imputado que indicaron que había tomado cocaína, cannabis y otras sustancias la noche en la que se colocó al volante en Peque para viajar hasta Zamora capital.

El trayecto terminó con el siniestro en la A-66, a la altura de Montamarta donde el condenado por tres homicidios por la imprudencia en la conducción empotra su turismo de forma frontolateral contra un camión averiado y estacionado en el arcén con luces de avería colocadas, apunta el fallo.

Pruebas positivas en saliva y sangre

Los magistrados aluden, precisamente, a las pruebas de saliva y de sangre que detectan si el conductor había tomado drogas, y que resultan positivos en el examen del Instituto Nacional de Toxicología, los forenses y el Sinlab, apunta la resolución judicial del TSJ.

Sin embargo, a renglón seguido, agrega que "los informes no alcanzan a asegurar el efecto que las sustancias provocaron en el organismo" del zamorano, "ni la manera en que afectaron a la conducta a la hora de manejar el vehículo" Peugeot, propiedad de su padre, "con el que se provocó el accidente", en el que iban de ocupantes el adolescente de 17 años, Mario, y el joven granadino de 21, David Jódar, que fallecieron en el acto. Con ellos se dirigía a Zamora para pasar la noche de marcha, según indicó en el juicio de la Audiencia.

Los agentes de la Guardia Civil que realizaron los atestados y la investigación confirmaron que tenía síntomas de estar drogados tras el accidente y que si el conductor había ingerido cocaína y otras sustancias estupefacientes que limitaban la capacidad para conducir del acusado.

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El TSJ recoge en su sentencia el testimonio de los peritos que intervinieron en la vista oral que afirman que el condenado "estaba conduciendo bajo los efectos de las drogas y que dicha conducta mermaba sus capacidades, entre ellas, las de tomar decisiones, la capacidad de frenada, etc. y que infravalora las señales de alerta que pudieran haber existido".

Esta consideración les lleva a concluir que el imputado pudo no haberse percatado de las múltiples señales lumínicas que anunciaban la existencia del camión averiado en el arcén. A este razonamiento, los magistrados agregan -para justificar que los homicidios fueron por imprudencia menos grave y eliminar la pena de cárcel- que los técnicos "no fueron capaces de explicar cómo se produce la influencia en el cerebro" de la cocaína y el cannabis que había tomado del zamorano acusado.

Los expertos que testificaron en el juicio de la Audiencia tampoco lograron, a su entender, argumentar "si el hecho de haber consumido horas o incluso días atrás" pueden dejar rastro en los análisis practicados en saliva y de sangre la noche del accidente de tráfico.

Respecto de la declaración en el juicio de la Guardia Civil que realizó las diligencias para confirmar que R.S.J. iba drogado al volante, el Tribunal replica que "no se entiende que si era tan evidente" que circulaba bajo los efectos de las drogas, "o se dejara constancia en el atestado".

La familia del joven fallecido recurrirá al Supremo

Los padres del joven granadino de 21 años fallecido en el siniestro no se quedarán de brazos cruzados frente a una sentencia que consideran totalmente injusta, según cometa el entorno de la familia, que estaría decidida a llegar al Tribunal Supremo en busca de una justicia que ya desconfiaba lograr en Zamora y en Castilla y León, según sus propias manifestaciones a los medios de comunicación durante el juicio celebrado en la Audiencia zamorana.

Los padres del fallecido David Jódar. | Emilio Fraile

Los padres del fallecido David Jódar. | Emilio Fraile / Susana Arizaga

El matrimonio ya adelantó en esos días que no toleraría una sentencia que no contemplara el ingreso en prisión del conductor e imputado en el homicidio de su hijo, David Jódar. Arropados por familiares directos y decenas de amigos de David llegados desde su pueblo de Granada y de la propia capital zamorana, donde era muy conocido, manifestaron su disconformidad con la pena que solicitaba el Ministerio Fiscal, los 5 años de cárcel que la Audiencia impuso a R.S.J., amigo íntimo de su hijo.

La familia rebajó hasta 9 años de cárcel los 19 que había solicitado inicialmente, debido a que el Código Penal prima el castigo de la conducta sobre el número de muertes que pueda provocar, aclaró el abogado de la acusación particular. “Lo que en principio parecía hecho para endurecer las penas, en este caso las rebaja”, explicó el letrado

En todo momento, el abogado de los padres de David subrayó que el condenado ahora a pagar multas por importe de 9.000 euros iba afectado por un gran consumo de cocaína, cannabis y otros estupefacientes, para lo que llevó como testigo al juicio a un experto en la materia que llegó a indicar que R.S.J. se colocó ante el volante completamente drogado tras haber tomado una cantidad muy elevada de esas sustancias.

La esposa del camionero de 48 años exigía a la Audiencia una condena de 8 años de cárcel, también mayor que la finalmente acordada por los magistrados de la Audiencia. El exceso de velocidad fue otro argumento que la acusación particular y que la Fiscalía han mantenido durante todo el juicio, de hasta 150 kilómetros por hora, según atestados de la Guardia Civil tesis que defiende este abogado; y superior, al menos, a los 133 kilómetros, para el Ministerio Público.

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