Samir de los Caños se convierte en el primer pueblo de la comarca natural de Aliste, Tábara y Alba en poner en marcha un coto micológico local, propio, dentro de la nueva regulación micológica de Castilla y León. Se trata del Coto ZA-50.003 y está formado por los Montes de Utilidad Pública "El Colmenar" (38) y "La Ramajosa" (39) que agrupan un acotado de 277,3397 hectáreas (superficie pública forestal) sobre 278,8547 del total: obviamente no entran en el coto los terrenos "enclavados".

El Monte de Utilidad Pública "El Colmenar" fue deslindado el día 27 de junio de 1963 y amojonado el día 14 de julio de 1966. Aglutina una superficie total de 133,7234 hectáreas, de ellas 1,5 de enclavados y 132, 2 de superficie pública forestal, lindantes con Ceadea y Fornillos. Entre su especies destacan los pinus (pinaster, nigra y sylvestris), Quercus pyrenaica, Alnus glutinosa y Púpulos canadienses.

Por su parte "La Ramajosa" cuenta con una superficie de 145,1313 hectáreas, todas ellas de superficie pública forestal, sin enclavados, con pinos pinaster, nigra y sylvestris, además de Quercus pyrenaica. Su deslindado se acometió el día 11 de mayo de 1964 y el amojonamiento el 26 de octubre de 1966. Linda al norte con Mellanes y al oste con los Montes de Utilidad Pública "La Mancomunidad" de Ceadea, y Fornillos de Aliste y "Majada de los Corrales" de Ceadea.

El acotado de Samir de los Caños cuenta con su correspondiente ordenanza de regulación del aprovechamiento micológico, -aprobada y puesta en vigor por el Ayuntamiento que preside el alcalde Francisco Belver Crespo-, la cual establece la campaña,siempre con carácter anual, la primera, del 1de agosto de 2019 al 31 de julio de 2020. Lo que se trata es de evitar por la acción humana el deterioro de los montes "La Ramajosa" y "El Colmenar" como un ecosistema propio con alto valor el la producción de setas y de castañas. Se facilita la recolección pero siempre de una manera ordenada y sin abusos.

Los vecinos (personas empadronadas en el municipio) pueden hacerse con el permiso de recolector para los 365 días del año por el módico precio de 20 euros. La otra alternativa de permiso (vinculados) va dirigido a todas aquellas personas que aun siendo naturales del pueblo no están inscritas en el padrón municipal y la cuota a abonar sera de 40 euros al año. A parte se concederán autorizaciones de un día por 5 euros para los vecinos y por 10 para los vinculados. Una de las particularidades de Samir de los Caños es que no se autorizará la recogida de setas a forasteros. Lo que se trata es que sean los vecinos quienes se aprovechan de lo que producen sus campos.

El coto y su normativa traen consigo sanciones para todos quienes incumplan las reglas establecidas. Recoger las setas sin permiso, no ajustándose a las prescripciones establecidas, o cuando se destruya o altere el aprovechamiento micológico de manera significativa y poniendo en serio peligro las futuras temporadas de recolección, se considerará una infracción de carácter muy grave y la sanción irá desde los 300 hasta los 1.000 euros.

Las tarjetas (permisos) son intransferibles, -solamente puede hacer la recogida de forma personal y directa su titular-, y aunque esto se considera menos grave, la multa irá de los 201 a los 300 euros. La infracción grave (realización de prácticas prohibidas en la ordenanza) se multará de 201 a 300 euros y las leves desde los 30 a los 100 euros. Se trata de sanciones administrativas y como tales se aplicarán y se atienen a los establecido en la Ley de Espacios Naturales de Castilla y León. La recolección de setas silvestres en un acotado tendrá siempre consideración de aprovechamiento regulado y las personas que ejerzan la recolección en acotados deberán portar siempre con ellos, además del documento acreditativo de su identificación personal (DNI o Pasaporte), el documento que acredite la enajenación a su nombre o el permiso de recolección en el coto.