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Tierra del Vino

Desestimada la demanda de Ana Mulas contra el Ayuntamiento de Morales

La exteniente de alcalde, del PP, reclamaba 3.556 euros por el finiquito de su relación laboral

Desestimada la demanda de Ana Mulas contra el Ayuntamiento de MoralesFoto S. R.

El Juzgado de lo Social número 2 de Zamora ha desestimado la demanda presentada por la exteniente de alcalde, Ana Mulas Cecilio, contra el Ayuntamiento, administración local a la que reclamaba el dinero que entendía ella le correspondía por el finiquito de su relación laboral, valorado en 3.556 euros ya que era una concejala del Partido Popular con dedicación exclusiva, si bien el juez entiende que no existe tal relación laboral.

Fue el pasado 13 de agosto cuando Ana Mulas presentaba una demanda de reclamación contra el Consistorio de Morales del Vino, en la que pide "los salarios devengados por los servicios laborales por cuenta ajena y bajo la dependencia del Ayuntamiento". Mulas estuvo " dedicada a la actividad de administración local con la categoría profesional de concejal, percibiendo un salario mensual de 2.586,69 euros (86 euros día), incluida la prorrata de pagas extraordinarias". Lo que Mulas reclama al Ayuntamiento son los salarios devengados del 1 al 12 de junio de 2015, que suman 906 euros (383 de salario base y 522 de complemento salarial), 1.798 euros de la paga extra de junio (correspondiente al último año laboral) y 851 de la extra de Navidad (por el periodo trabajado entre enero y junio), ambas de 2015

El juicio se fijó para el 30 de noviembre y el Ayuntamiento planteó una excepción, argumentando que la relación de la concejala liberada no era laboral y por tanto la jurisdicción social no es la competente para juzgar el caso.Y efectivamente, el Juzgado de lo Social entiende en un auto dictado por su titular, que la reclamante se dedicó exclusivamente a su cargo de concejal y que no existe relación laboral con el Ayuntamiento. Por tanto la jurisdicción laboral no es la competente para ventilar este caso, que debe canalizarse por la vía contencioso administrativa.

La exteniente de alcalde del anterior equipo de gobierno, aún puede, recurrir el auto del Juzgado de lo Social y plantear su demanda por el Contencioso Administrativo.

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