La empresa Endesa Distribución Eléctrica tendrá que abonar anualmente 24.000 euros al Ayuntamiento de Porto por la tasa de ocupación del subsuelo, suelo y vuelo sobre bienes de dominio público local.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Zamora ha desestimado el recurso de la empresa contra el Ayuntamiento de Porto y la Diputación Provincial por la liquidación de esta tasa correspondiente al año 2012, y que se elevaba a 23.936,40 euros.

Contra el fallo judicial no cabe, además, recurso alguno.

La Diputación había desestimado previamente el recurso de reposición de Endesa Distribución contra la liquidación de 28 torres de alta tensión y de una línea de 3 cables de alta tensión, en una extensión de 4.020 metros lineales.

El Ayuntamiento de Porto, tras este dictamen judicial, ingresará anualmente 99.394 euros por la aplicación de esta tasa a las empresas del sector hidroeléctrico que operan en el municipio.

El tribunal juzga que la liquidación efectuada por la Diputación es conforme a derecho y no incurre en incompatibilidad ni duplicidad en el cobro de tasas que denunciaba la empresa demandante.

El magistrado Juez del Contencioso precisa que se resuelve "una situación alegal de ocupación de terrenos de dominio público sin que hasta la fecha se haya producido una compensación económica por el uso de estos terrenos de dominio público".

El representante legal de la Alcaldía, Rufo Martínez de Paz, aportó numerosa documentación del expediente administrativo que incluye la certificación catastral, el padrón de tasas, una certificación del Servicio Territorial de Industria y los informes técnico agrícola y técnico económico.

La empresa no presentó informe o documentación que acreditaran la incorrección de los documentos aportados por el Ayuntamiento de Porto.

La empresa alegó a lo largo del proceso que las cuotas aplicadas eran desmesuradas aunque la tasa se fijó de acuerdo al informe técnico económico de José Antonio Díaz de Ulzurrum que determinó con precisión la cuota a partir del valor de mercado del aprovechamiento, la existencia de la central hidroeléctrica de Porto y su potencia, cifrada en 157.680.000 kilovatios anuales. El informe determina la superficie afectada que discurre entre la central de Porto y la central de San Sebastián, 4.020 metros. Cuantifica en 667,27 los kilovatios por metro cuadrado que discurren anualmente por los terrenos afectados, dato que se traduce en 15.832.648 euros de producción de la central. A partir de esa cantidad establece la cuota tributaria de partida en 0,015 euros por kilovatio al año, aunque luego aplica coeficientes de ajuste que determinan la tasa final en 450 euros por torre metálica de línea y 0,94 euros el metro de cable lineal.

El valor de mercado por el uso privativo del suelo ascendería a 947.420 euros. La tasa cumple la normativa a estar fijada por debajo de ese precio de mercado.

El Juzgado de lo Contencioso de Zamora ya desestimó con anterioridad, en 2013, el recurso de la empresa Unión Fenosa Distribución y ratificó el pago de 75.458 euros al Ayuntamiento de Porto por la aplicación de la Ordenanza de ocupación del suelo de dominio público con las torres de distribución de electricidad y el cableado, correspondiente al ejercicio 2010. La cuantía final ascendió a 83.002 euros en concepto de recargo y costas.

La sala estableció la compatibilidad en la aplicación de la tasa de uso privativo y la tasa de aprovechamiento de dominio público.

La compañía Unión Fenosa también interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Diputación Provincial de Zamora, el pasado 27 de octubre, que desestimó el recurso contra la liquidación de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial en bienes de dominio público del Ayuntamiento de la localidad de Porto.