Un matrimonio recuperará los 24.000 euros invertidos en 2007 en la suscripción de participaciones preferentes del Banco Popular, según ha informado en un comunicado la plataforma Stop Cláusula Suelo.

La magistrada-juez del número 1 de Benavente ha declarado nulo el contrato de suscripción del producto financiero y sus posteriores canjes en bonos y acciones por ser complejo, no adecuado a los demandantes y por no haber facilitado toda la información que obliga este tipo de mercado. La juez ha condenado al banco a reintegrar a los afectados la cantidad invertida en la adquisición del producto.

La juez ha desestimado la petición de caducidad planteada por la entidad financiera y subraya que "la relación que une a los demandantes con la demandada ha de entenderse como una relación de tracto sucesivo, que no se consumó con la mera adquisición de las participaciones preferentes, sino que los efectos de la contratación entre la parte actora y la demandada no concluyen con la mera suscripción de la orden de compra, sino que se prolongaron en el tiempo, habiendo tenido conocimiento en el mes de junio de 2017, que su inversión valía cero. Y por ende la acción ejercitada en este procedimiento no ha caducado".