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Dos años de cárcel para una zamorana que dejó sin herencia a su sobrino

El Tribunal rechaza desviar el caso a la vía civil para facilitar la reconciliación familiar, como solicitaba la condenada para eludir la prisión

Dos años de cárcel para una zamorana que dejó sin herencia a su sobrinoJose Luis Fernández

La zamorana que vació la cuenta bancaria de su hermano para dejar sin herencia a su sobrino y quedarse con 57.850 euros, los ahorros de toda una vida del fallecido, no ha logrado eludir los dos años de prisión impuestos por la Audiencia de Zamora por apropiación indebida, condena que acaba de confirmar el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León.

La mujer, de iniciales E.G.A., deberá devolver el dinero al sobrino al que llevaba sin ver más de 30 años cuando se presentó el 5 de abril de 2019 en el velatorio del padre, fallecido un día antes por un ictus, para reclamar su herencia, “soy el hijo de este señor”. El joven no había tenido trato con su progenitor desde que tenía un año de edad, tras separarse sus padres.

La tía actuó rápido para dejar a cero la cuenta bancaria del finado. Y, entre el 5 de abril y el 9 de mayo, cumplió con la promesa que dijo haber hecho a su hermano: que “ese bastardo” no tocara ni un euro de su dinero. “Me lo gasté todo”, los 57.850 euros que su hermano había ido ahorrando con sus nóminas e ingresos, declaró la ahora procesada en el juicio celebrado en la Audiencia de Zamora.

De modo que, los magistrados del TSJ se hacen eco de la sentencia de Zamora para indicar que “la única intención” que tenía la acusada era que su sobrino “no percibiera cantidad alguna” de la herencia. Una afirmación categórica frente a lo expuesto por la defensa en el recurso contra el fallo de la Audiencia al indicar que “estaba segura de ser la única heredera o legataria de su hermano” cuando sacó el dinero.

El abogado apuntó que “no existían aún las últimas voluntades del fallecido, ni el hijo había sido declarado heredero ni aceptado la herencia”. A partir de ahí, expuso que “existen dudas para tratar de criminalizar la conducta de la acusada, puesto que ella asistió hasta el final a su difunto hermano, respetando en todo momento su voluntad”.

Si bien la mujer, que pagará una multa de 1.440 euros, no entrará en la cárcel (al tratarse de la pena mínima que establece el Código Penal para este tipo de delitos y por carecer de antecedentes penales), tampoco ha logrado que el TSJ desviara la causa a la vía civil como solicitaba en el recurso contra la decisión de la Audiencia de Zamora. La pretensión era evitar una condena a prisión que, en su caso, se suspenderá por el periodo de dos años siempre que no cometa otro delito en ese tiempo. Los magistrados de la sala de Penal de Burgos rechazan esa posibilidad porque el delito “ha sido cometido por una tía carnal (hermana del padre)” para perjudicar a “un sobrino”, lo que implica la existencia de un delito patrimonial “con responsabilidad criminal” al perpetrarse contra un pariente que no es de primer grado.

Por ello, no puede aplicarse la denominada “excusa absolutoria” en base a que la imputada no usó violencia o intimidación contra su pariente directo para apropiarse del dinero de su progenitor, como apunta la defensa, en aras de impedir que se perjudique “una posible reconciliación familiar”, un argumento “confuso y artificioso”, dice el TSJ. La mujer llegó a manifestar en el juicio que su hermano “me dijo unos días antes de morir que, si le pasaba algo, sacara todo el dinero para que ese chico no tocara nada”, sin que exista una acreditación sobre esa voluntad última del fallecido, que no dejó testamento.

La acusada declaró en la vista oral que su hermano “nunca contactó con el hijo”, lo que la convirtió en la única persona que cuidó al hombre desde que sufrió el infarto cerebral, par lo que tuvo que dejar su trabajo y su vida en el País Vasco en 2006 “para trasladarse a Zamora y cuidar de su madre, que convivía con el fallecido, alcohólico, y otro hijo que era drogadicto”.

Una compañera del muerto buscó y avisó del óbito al primogénito

Fue la compañera de trabajo de su padre quién comunicó al joven que el fallecimiento de su progenitor. La mujer sabía de la existencia del único heredero legal del muerto porque “me habló de él, me dijo que tenía un hijo”, si bien declaró que nunca le pidió “búscame a mi hijo” cuando cayó enfermo. Declaró que el fallecido “sabía del chico y creía que estaba bien”, y explicó que pudo localizar al heredero gracias a los datos que los amigos del hombre tenían sobre el joven.

Del mismo modo, indicó que si la hermana de su compañero era cotitular de la cuenta bancaria era “porque yo le dije que la pusiera” y desmintió que la acusada de quedarse 57.850 euros le hubiera atendido con plena dedicación, “iba una vez al mes a verle”. La testigo negó haber tenido una relación sentimental con el hombre, al que dijo haber cuidado cuando había estado enfermo.

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