Este pago ha sido posible por los fondos generados en las ventas de diferentes partidas del balance: inmuebles; obras de arte; participaciones financieras, además de la gestión diaria de la sociedad: alquileres, gestión financiera de los fondos, pero sobre todo por la devolución del Impuesto de sociedades de los ejercicios 1998 a 2006 que ha efectuado la Agencia Tributaria (AEAT) el pasado día 25 de noviembre de 2014. Esta devolución es consecuencia de la finalización de las tareas de comprobación iniciadas por la AEAT de los ejercicios de 1998 a 2006. El procedimiento de inspección tributaria se suspendió con ocasión de la tramitación de las diligencias previas número 148/2006 que se siguen ante el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, hoy transformado en sumario número 3/2013. La Administración concursal solicitó en diversas ocasiones el levantamiento del procedimiento de inspección, que fue acordado el 1 de julio de 2013. La Administración Concursal ha firmado el 18 de noviembre de 2014 actas que han dado lugar a la devolución del Impuesto de Sociedades de 1998 a 2006 (incluidos los pagos a cuenta), con la correspondiente liquidación de intereses.