Sucesos en Zamora

El violador de Zamora al que el TSJ dejó en diez años la condena recurre al Supremo

La Audiencia había rebajado la pena de cárcel en seis meses tras revisarla en aplicación de la Ley del "solo sí es sí"

El violador del Alto de San Lázaro durante el juicio en la Audiencia.

El violador del Alto de San Lázaro durante el juicio en la Audiencia. / Jose Luis Fernández

El caso del violador sentenciado a 10 años de cárcel por agredir sexualmente a una joven zamorana en una casa vieja de Las Vistillas el 23 de septiembre de 2018 llega al Tribunal Supremo, instancia a la que el condenado ha recurrido la resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León que consideró que el procesado de iniciales J.L.M.P. debía cumplir la pena que la Audiencia de Zamora le impuso tras el juicio. Es decir, sin rebajarla en 6 meses por la revisión de acuerdo con ley del "solo sí es sí".

Los magistrados de Zamora entendieron que el violador debía beneficiarse de la pena más baja que se le puede aplicar de acuerdo con la horquilla de años de reclusión que permite la nueva norma.

Una visión que no compartió el TSJ, que rompía esa tendencia de la Audiencia y se posicionaba con la línea que había reclamado la Fiscalía General del Estado para que estas condenas no se revisen a la baja en los casos de violación, siempre que la pena de cárcel entre dentro de ese nuevo parámetro de la Ley Montero.

Los magistrados del Tribunal de Castilla y León centran sus argumentos en cuestiones técnicas sobre los cálculos de la condena de acuerdo con la gravedad del delito para justificar su decisión final.

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El agresor sexual había estado con otros jóvenes y con la víctima de fiesta en una chabola. Concluida la reunión, los dos se fueron de paseo hasta el bosque de Valorio y cuando ella decidió irse a casa, el imputado llevó hasta una casa derruida en el Alto de San Lázaro, en Las Vistillas, donde la golpeó y amenazó de muerte cuando la mujer se negó a mantener relaciones. Acto seguido la agredió sexualmente dos veces.

El Supremo solo podrá reorientar la decisión del TSJ en aspectos técnicos, lo que implicaría volver a interpretar si en este caso cabe dejar la condena en 9 años y seis meses como estimó la Audiencia al revisar su resolución.

La Fiscalía Provincial había solicitado una condena a 12 años de prisión para J.L.M.P. por las dos violaciones, mientras que la defensa pidió la absolución. El Ministerio Público se opuso a la revisión de la sentencia por la Ley Montero y pidió que se mantuviera la condena a 10 años con los mismos argumentos que ahora esgrime el TSJ. Ahora la decisión está en manos del Tribunal Supremo.

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