El Ayuntamiento de Vezdemarbán ha aprobado, con carácter definitivo, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Tras su aprobación, la ordenanza recoge que constituye el hecho imponible del citado impuesto la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para las que se exija la obtención de la correspondiente licencia de obra o urbanística.

La base imponible de este impuesto está constituida por el coste real y efectivo de la construcción y, se entiende por tal, el coste de ejecución material del proyecto. El tipo de gravamen será del 1,5% de la base imponible y estarán exentas del pago las obras en carreteras, ferrocarriles, puertos, aeropuertos, obras hidráulicas, saneamiento y aguas residuales, aunque su gestión recaiga en organismos autónomos, tanto si se trata de obras de inversión nueva como de conservación. Tras la aprobación de la modificación de esta ordenanza fiscal, el Ayuntamiento ha decidido no aplicar bonificaciones o deducciones. La nueva ordenanza municipal ha sido aprobada, con carácter definitivo, después de que en el plazo de exposición pública no se presentaran alegaciones.