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Las Cortes aprueban la Ley de Cámaras de Comercio de Castilla y León

La norma, que garantiza una financiación estable en los presupuestos, recibe el respaldo de todos los grupos políticos salvo de Ciudadanos, que se abstiene

Las Cortes aprueban la Ley de Cámaras de Comercio de Castilla y Leónical

El pleno de las Cortes autonómicas dio luz verde ayer, con el beneplácito de todos los grupos parlamentarios y la única abstención de los integrantes del Grupo Parlamanetario Ciudadanos al proyecto de ley por el que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios y el Consejo de Cámaras de Castilla y León. Esta norma nace con la garantía de financiación estable a partir de una cuantía presupuestaria contenida en las cuentas autonómicas.

La consejera de Economía y Hacienda, Pilar del Olmo, desgranó el contenido de esta nueva norma que nace para que estas corporaciones de derecho público "adecuen sus servicios y funcionamiento a la realidad empresarial" atendiendo a un marco legal orientando a que sean "más ágiles y dinámicas". La Ley 4/2014 de 1 de abril de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación también recoge la necesidad de que las autonomías aprueben una ley propia para adaptar el modelo cameral a las singularidades de sus territorios y su tejido productivo, algo a lo que ayer ha dado cumplimiento el Parlamento autonómico de Castilla y León.

El Proyecto de Ley se estructura en ocho capítulos y 50 artículos, una disposición adicional, dos transitorias, una derogatoria y tres finales, según relató Pilar del Olmo. Una de las novedades de esta ley es la creación del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León, que contempla la existencia de las entidades camerales de ámbito provincial (Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora) y las de ámbito local (Arévalo, Briviesca, Miranda de Ebro, Astorga y Béjar), para garantizar "una adecuada coordinación" entre todas las entidades existentes, al tener atribuidas funciones de "representación, dirección y coordinación del ejercicio de las facultades que tienen las entidades camerales de la Comunidad".

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