Tribunales

La justicia condena al Ecyl a readmitir en Benavente a una empleada tras un despido nulo

El Servicio Público de Empleo incurrió "en fraude de ley" al extinguir el contrato

La trabajadora, una prospectora de empleo, tendrá que ser readmitida en la oficina de Benavente.

La trabajadora, una prospectora de empleo, tendrá que ser readmitida en la oficina de Benavente. / J. A. G.

J. A. G.

El Juzgado de los Social número 1 de Zamora ha declarado nulo el despido de una trabajadora de la oficina del Servicio Público de Empleo de Benavente y ha condenado al Ecyl a readmitirla al no seguir el procedimiento legal establecido para consumar la extinción de su contrato.

La empleada, que ocupaba el puesto de trabajo de prospector en la oficina de empleo desde finales de 2020 con un contrato de duración determinada, bajo la modalidad de "obra o servicio determinado", demandó al Ecyl reclamando que el despido fuese declarado nulo por no seguir el procedimiento de despido colectivo condenando al Ecyl a readmitirla.

El Servicio Público de Castilla y León contrató a 100 prospectores en la región cuyos contratos fueron extinguidos de la misma forma, según recoge la resolución judicial en el apartado de hechos probados.

La magistrada, cuyo fallo es recurrible, remarca que el Ecyl había extinguido los 100 contratos incurriendo, como en este caso, en fraude ley. Considera que la relación de la trabajadora con el Servicio Público de Empleo "no era temporal sino indefinida, lo que determina que hayan de incluirse a los efectos del límite numérico que diferencia el despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, del despido colectivo".

Para extinguir esos contratos el Ecyl "tenía que haber acudido al despido colectivo y como no lo hizo así, incurrió en fraude de ley y el despido debe declararse nulo", concluye la magistrada.