La atenuante de alcoholismo le ha valido la reducción de las penas de prisión, aunque en el mínimo posible porque, aunque iba borracho no tenía alteradas «de manera grave sus facultades psíquicas» cuando violó y robó a una de sus vecinas en Almeida de Sayago, de 65 años, mientras esta dormía, a las cuatro de la madrugada, sola en su casa. El procesado, cuyo nombre responde a las iniciales de M.A.P.P., no podrá aproximarse a la agredida ni a su domicilio de Almeida durante cinco años a contar a partir de los 17 años y tres meses de prisión a que acaba de ser condenado -13 por la agresión sexual y cuatro y tres meses por el robo-, lo que extiende la prohibición a un total de 22 años, los mismos en los que no podrá estar a menos de 500 metros de la agredida. El imputado abordó a la mujer -que vivía sola porque está viuda- en la cama con un cuchillo para exigirle dinero y la cartilla del banco, para de inmediato obligarle a que le practicara una felación.

En la sentencia que acaba de dictar la Audiencia Provincial se da por acreditado que el procesado «había bebido durante la tarde del día en que ocurrieron los hechos» y que actuó con «sus facultades psíquicas alteradas, aunque no de manera grave». Y es que el magistrado ponente de la sentencia, Jesús Pérez Serna, puntualiza que, a pesar de que los forenses indican en sus informes que M.A.P.P. «presenta un cuadro clínico compatible con un consumo perjudicial de alcohol», no se puede asegurar que el día que violó y robó a la mujer no fuera consciente de tales actos. «Lo único que aparece acreditado es que éste estaba afectado por la previa ingesta de bebidas alcohólicas», había estado alternando por el pueblo, «pero no el grado de afectación» de su voluntad y consciencia cuando irrumpió en la casa de la vecina de Almeida.

La otra atenuante, la de confesión, exigida por la defensa, se ha desestimado porque los magistrados de la Audiencia Provincial consideran que el hombre solo relató lo ocurrido cuando dos meses después de asaltar fue detenido por la Guardia Civil. Durante el juicio celebrado el 9 de octubre pasado el imputado manifestó no recordar nada de lo ocurrido el 9 de agosto de 2011.

La sentencia dictada por el Tribunal provincial impone una multa de 360 euros y 600 de indemnización por las lesiones que sufrió la viuda, derivadas del forceje y de los golpes que el hombre le propinó en un ojo, arañazos entorno a la boca y las provocadas en el tórax al situarse encima de su víctima para forzarla sexualmente. El ahora condenado deberá resarcirle de los perjuicios morales ocasionados con 15.000 euros y pagar otros 1.111 euros correspondientes a la gafas que sustrajo de la vivienda antes de huir, al parecer, para evitar que le viera. También deberá devolver los 40 euros que le robó y asumir los gastos de reparación de los desperfectos ocasionados, como la rotura del cristal de la puerta de entrada a la casa que fracturó para poder meter su mano y manipular la llave con la que la mujer había cerrado su casa para evitar situaciones como la vivida.

La falta de animadversión de la víctima hacia el procesado, cuya relación era «inexistente»; la «persistencia en el testimonio» de la víctima, «sin cambios sustanciales» respecto de cómo se produjo la agresión ante la médico que la atendió el día de la violación, ante la policía y el juzgado y durante el juicio, llevan al magistrado ponente a afirmar que «es creíble». Un relato que corroboran los informes forenses al sostener que las lesiones que presentaba la mujer eran compatibles con la agresión descrita, ocurrida después de que el acusado se armara en la propia casa que asaltó, tras dirigirse a la cocina para apoderarse de dos cuchillos, uno de ellos jamonero, para amenazar a su víctima.