La juez de Instrucción de Puebla de Sanabria tomó ayer declaración al testigo que denunció ante el Tribunal de Cuentas las irregularidades en la contratación de la secretaria del Ayuntamiento de Rosinos de la Requejada que simultaneó su función como administrativa del Ayuntamiento de Galende, incurriendo en presunta incompatibilidad. La toma de declaración se prolongó ayer durante casi 45 minutos sin que ninguna de las partes efectuara declaraciones.

El testigo ratificó el contenido de la denuncia presentada en el Tribunal de Cuentas en Madrid que propició una investigación del Fiscal Jefe de Zamora y el traslado de las diligencias de investigación Penal al Juzgado de Puebla de Sanabria, por un presunto delito de "prevaricación administrativa" cometido supuestamente por el alcalde, Ángel Prada, y su hija.

Hechos

Los hechos investigados se centraron en la ocupación simultánea de sendas plazas en los consistorios de Rosinos de la Requejada (en agrupación con Palacios de Sanabria) y Galende. El decreto dictado por el Ministerio Público, con fecha 12 de mayo, ha sido notificado a las partes y remitido esta semana al Juzgado de Instrucción de Puebla para la apertura de Diligencias Previas. La Fiscalía alega que los hecho recogidos en el procedimiento pueden ser constitutivos de un presunto delito de prevaricación administrativa, del que son en principio responsables el alcalde y su hija.

La Fiscalía de Zamora recibió el pasado 4 de marzo una denuncia remitida por la Fiscalía del Tribunal de Cuentas desde Madrid donde se recogió la comparecencia de un testigo que aportó su testimonio y diversa documentación sobre la instrucción del expediente administrativo disciplinario por falta muy grave de la funcionaria, incoado por el Ayuntamiento de Galende. La denuncia recogida por la Fiscalía de Cuentas ponía de manifiesto que por parte del Ayuntamiento de Galende y de la Agrupación de municipios de Rosinos de la Requejada y Palacios de Sanabria "se había permitido la ocupación incompatible entre los años 2005 y 2011 del cargo de personal laboral en la corporación de Galende y de funcionaria interina con Secretaria-Interventora en la agrupación de municipios". Hechos que el Fiscal Jefe describe "en vulneración flagrante de la legalidad establecida, pudiendo ser los hechos constitutivos de un delito de prevaricación administrativa" tipificados en el Código Penal.