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Los jueces acuerdan paralizar desahucios si hay denuncia de cláusulas abusivas

Los magistrados informarán a los afectados de la posibilidad de acudir a acciones civiles para alegar la nulidad de la ejecución hipotecaria

Los jueces acuerdan paralizar desahucios si hay denuncia de cláusulas abusivasFoto L.O.Z.

Los jueces de Zamora han acordado suspender temporalmente la ejecución de los desahucios siempre que el afectado haya emprendido una acción judicial para denunciar la existencia de cláusulas abusivas en las escrituras de la hipoteca suscrita con la entidad financiera correspondiente para conseguir la nulidad del procedimiento, según indicaron fuentes judiciales. Esta decisión de los jueces y magistrados afectará solo a aquellos casos que lleguen al Juzgado a partir de ahora, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

De modo que, «cuando se produzca una nueva demanda» para iniciar los trámites de ejecución hipotecaria «el juez hará constar» al ciudadano que se vea afectado «la posibilidad de acudir a otro procedimiento por la vía civil, por si quisiera alegar la nulidad de las cláusulas» en esa nueva demanda paralela a la iniciada por la entidad financiera. Con esa actuación, el titular de la hipoteca que se pretende ejecutar, es decir, el afectado por el desahucio vería «temporalmente suspendido el otro procedimiento judicial», es decir, el impulsado por el banco o la caja de ahorros. Y, claro está, siempre solo «hasta que se resuelva si esas cláusulas denunciadas son o no abusivas» y se anule o no el contrato, la hipoteca.

En cuanto a las ejecuciones hipotecarias que comenzaron a tramitarse con anterioridad a ese fallo del Tribunal de la Unión Europea se resolverán de acuerdo con el criterio de cada magistrado que lo tramita ya y en función de las peculiaridades de cada asunto, explicaron las mismas fuentes. «Cada juez actuará según cada caso concreto y de acuerdo con lo que estime adecuado».

Los jueces titulares de los once juzgados de Primera Instancia e Instrucción que operan en la capital y la provincia tomaron esta determinación en el transcurso de una reunión convocada para unificar criterios a la hora de actuar en los casos de desahucios por ejecuciones hipotecarias, máxime después de que la sentencia que el Tribunal de la Unión Europea emitió el 14 de marzo pasado haya puesto en la picota la legislación que se aplica en España en estos supuestos, desfavorable a los consumidores.

Por su parte, la Audiencia Provincial de Zamora no ha tenido ocasión de pronunciarse mediante sentencia sobre ningún asunto de esta naturaleza, puesto que todavía no ha llegado a esta instancia judicial ningún recurso contra ejecuciones hipotecarias, como ocurrió recientemente en la Audiencia de Burgos. En su resolución el Tribunal provincial burgalés especificó que no podrán ejecutarse los desahucios si un juez no ha estudiado antes las cláusulas que figuran en la escritura de la hipoteca, al objeto de que se pronuncie al respecto. Los magistrados se ajustaron, así, al contenido del fallo del Tribunal de la Unión Europea.

El fallo de Burgos es el primero que se produce en España desde que los desahucios por impagos de hipotecas comenzaran como consecuencia de la crisis económica, que ha conllevado el estallido de la burbuja inmobiliaria. En el auto de la Audiencia de esa provincia se recoge que no podrán señalarse subastas de inmuebles ni celebrarse ningún lanzamiento hipotecario sin que previamente se haya analizado y valorado por el juez la posibilidad de que en la escritura de hipoteca existan cláusulas nulas, ilícitas o abusivas.

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