El servicio de ayuda a domicilio de la capital marca tendencia en la región

El Procurador del Común recomienda que el tiempo de los desplazamientos compute como ha establecido el Ayuntamiento

L. G.

El modelo implantado por el Ayuntamiento de Zamora para evitar que tanto usuarios como trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio se vean perjudicados por los desplazamientos comienza a ser estudiado para su exportación a otros municipios. A tal efecto, el Procurador del Común ha lanzado una recomendación a diputaciones y ayuntamientos para que se fijen en el pliego diseñado por la administración dirigida por Francisco Guarido que, en resumen, consiste en considerar los desplazamientos de las auxiliares como tiempo efectivo de trabajo. De esta manera, los minutos que se utilizan para ir de un domicilio a otro entran en la nómina y no se descuentan de la prestación a los mayores.

El Ayuntamiento de Zamora establecía en el último pliego del servicio de ayuda a domicilio una serie de cláusulas para blindar los derechos de usuarios y trabajadoras en cuestión de tiempos. Tras varios años de reivindicación, las profesionales por fin consiguieron que se reconociera, literalmente, que “el tiempo de desplazamiento entre usuarios de los auxiliares de ayuda a domicilio será considerado tiempo efectivo de trabajo y así deberá ser remunerado”. Es más, el documento dicta que, “en ningún caso, el tiempo de desplazamiento será justificación para aminorar el tiempo estipulado de atención a los usuarios, que será de 60 minutos por hora de prestación del servicio”. Una cuestión que "se comprobará con los propios usuarios" del servicio de la ayuda a domicilio en la capital.

Con esta cláusula, recuerda el Procurador del Común, se ha dado solución al problema que afecta en otras localidades, que consiste en recortar tiempo reconocido de prestación del servicio por los desplazamientos. "Así, el Ayuntamiento de Zamora no solo preserva el derecho subjetivo de los beneficiarios, sino que mejora las condiciones laborales de los auxiliares al considerar tiempo efectivo de trabajo los desplazamientos entre domicilios y abona a la empresa (hasta un límite) el coste de tales desplazamientos", apunta el órgano autonómico.

El Procurador del Común añade que ya han sido varios los ayuntamientos y diputaciones de otras comunidades que se han sumado a esta iniciativa, estableciendo en sus pliegos la obligación para las empresas adjudicatarias el cumplimiento del horario establecido en su totalidad, de forma que en ningún caso los tiempos de desplazamiento corran a cargo del usuario.

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