El fiscal de Violencia de Género pide al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) la nulidad de la sentencia de la Audiencia de Zamora por la que absolvió a un hombre procesado por violar a su pareja embarazada, lo que implicaría que el caso vuelva a ser juzgado.

El recurso presentado por el teniente fiscal, Evaristo Antelo, de ser admitido en sus términos por el TSJ, supone la devolución de la causa a la Audiencia y el nombramiento de tres magistrados que no participaran en el juicio del 22 de enero pasado para volver a juzgar el caso. Antelo había pedido una condena a 15 años de prisión por la agresión sexual y por cuatro delitos de violencia de género en el domicilio familiar de la pareja.

El fiscal, que no dudó en manifestar entonces que “hay que ir, sin contemplaciones, a la pena máxima de cárcel para los violadores”, basa su recurso en el testimonio de la víctima, “sin contradicciones. Siempre ha dicho lo mismo y se puede aseverar que los hechos son creíbles”, ha declarado Antelo a este diario para explicar su recurso.

La agresión ocurriría entre los últimos días de noviembre y los primeros de diciembre de 2020, cuando el imputado, de iniciales P.J.P.T., habría forzado a la mujer a mantener relaciones sexuales, “decía que tenía obligación porque éramos pareja”, afirma la víctima.

Sentencia

La Audiencia alegó "importantes contradicciones e imprecisiones" en el relato sobre la violación sufrida por su expareja y cuatro episodios de maltrato para justificar las dudas sobre la agresión sexual y física llevaron a los magistrados a dictar una sentencia absolutoria para el acusado, a pesar de considerar que el testimonio de la mujer es persistente en el tiempo sobre lo fundamental, motivo este último por el que el fiscal de Violencia de Género pidió 11 años de cárcel para P.J.P.T., por el delito contra libertad sexual de la denunciante y 4 años por por otros tantos de violencia de género.

A pesar de que el Tribunal provincial reconoce que el testimonio de la mujer resulta "coincidente en lo esencial" a lo largo de la instrucción y del juicio, indica que "también está plagado de imprecisiones y contradicciones que impiden que pueda dotársele de la virtualidad necesaria para fundamentar, por sí solo, el dictado de una sentencia condenatoria".

La sentencia apunta, además, que no se han aportado testigos e informes policiales que, según consta en el atestado, se elaboraron a raíz de uno de los episodios objeto de acusación, "ni aporta informe psicológico alguno de la víctima que hubiera permitido constatar la situación" que sufría a raíz de la violación, ni solicita una reparación económica en concepto de daño moral.