Toro facilitará el pago en dos recibos de este impuesto en 2023

El Ayuntamiento recuerda a los contribuyentes interesados que podrán solicitar el fraccionamiento del IBI antes del 15 de mayo

Los concejales del Ayuntamiento de Toro, en una sesión plenaria. | M. J. C.

Los concejales del Ayuntamiento de Toro, en una sesión plenaria. | M. J. C. / María Jesús Cachazo

El Ayuntamiento de Toro ha aprobado el calendario fiscal para el 2023 que, por segundo año consecutivo, ofrece la posibilidad de fraccionar el pago del Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI), tanto de naturaleza urbana como rústica, siempre y cuando sea solicitado por los contribuyentes antes del 15 de mayo.

El calendario fiscal desgrana los periodos de cobranza de los diferentes tributos municipales. Así, la primera tasa que deberán abonar los toresanos en 2023 es la relativa al servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos, para la que el plazo de pago se extenderá desde el 17 de febrero hasta el 18 de abril.

Desde el 27 de abril hasta el 26 de junio se prolongará el periodo de abono del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. En el mismo plazo, los contribuyentes obligados al pago deberán abonar la tasa por vados o entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo y parada de vehículos.

El Ayuntamiento también ha incluido en el nuevo calendario fiscal el plazo en el que los contribuyentes deberán pagar el IBI, tanto el relativo a inmuebles urbanos como rústicos, periodo que se prolongará desde el 17 de julio hasta el 15 de septiembre.

En 2023, los contribuyentes de Toro pueden fraccionar el pago de ambos impuestos aunque, como recordó la concejala de Economía, Ángeles Medina, los interesados deberán realizar la solicitud antes del 15 de mayo.

En el caso de que se solicite el pago en dos recibos, el primero se tendrá que abonar entre el 17 de julio y el 15 de septiembre, mientras que los contribuyentes deberán hacer frente al segundo recibo entre el 31 de octubre y el 30 de diciembre.

El último de los tributos incluidos en el calendario fiscal aprobado para el año 2023 es el relativo al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), plazo que se extenderá desde el 27 de septiembre hasta el 26 de noviembre. Cuando los vencimientos de los plazos coincidan con un día festivo se trasladarán a la primera jornada hábil.

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