En Llanes

Dos años de cárcel por mantener relaciones sexuales con una menor inconsciente en plena calle en Asturias

El joven acepta que cometió abuso sexual al aprovecharse de la extrema embriaguez de la chica, que tenía 16 años en el momento del suceso

Juzgados de lo Penal, en Oviedo.

Juzgados de lo Penal, en Oviedo.

Pablo Tuñón

Un joven ha sido condenado a dos años de prisión tras aceptar en el juzgado que abusó sexualmente de una menor de edad aprovechándose de que estaba inconsciente por la ingesta de alcohol. Todo ocurrió en julio de 2020 en plena calle, en Llanes. Al abusador deberá, además, indemnizar con 20.000 euros a su víctima, que tenía 16 años en el momento de los hechos.

El joven, que por aquel entonces tenía 20 años, aceptó los hechos imputados por la Fiscalía, reconociendo que se aprovechó del hecho de que la adolescente se encontraba inconsciente por abundante ingesta de alcohol. La vista para ratificar la conformidad de las partes –el procesado había reconocido su culpabilidad con anterioridad- se celebró este martes en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.

Los hechos asumidos por el condenado son los siguientes. Sobre las 2:00 horas del 15 de julio de 2020, el procesado se encontraba en compañía de sus amigos en una zona de copas de Llanes, y se acercó a un grupo de chicas de 16 y 17 años, entre las que estaba la víctima. "Tras una hora, aproximadamente, de charla entre ambos, sobre las 3:00 horas, se alejaron unos metros del lugar y, pese a que ella estaba muy afectada tras haber ingerido alcohol, el procesado se aprovechó de esa circunstancia y ambos mantuvieron relaciones sexuales en la calle La Calzada de Llanes, a la vista de terceros. La menor estaba inconsciente en el momento del acto sexual", sostiene la Fiscalía en el relato asumido por el joven.

Las pruebas practicadas a la adolescente tras los hechos arrojaron un resultado de etanol en sangre de 2,70 gr/l. Si bien, destaca la Fiscalía, "el procesado cometió los hechos previa ingesta de alcohol, de tal modo que tenía mermadas sus capacidades intelectivas y volitivas". Asimismo, antes del acto de conciliación, el procesado ya había consignado los 20.000 euros de indemnización.

 De este modo, los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de abuso sexual, concurriendo la atenuante de embriaguez y la de reparación de daño. Asimismo, el condenado deberá cumplir con la medida de libertad vigilada durante 5 años, consistente en la realización de un programa formativo en materia de educación sexual, y con la prohibición de aproximación a su víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar donde se encuentre a una distancia inferior a 200 metros y prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 10 años.