RESPONSABILIDAD MÉDICA
Condenan a una aseguradora a pagar una indemnización de casi 13 millones por "negligencia médica" en un parto en Galicia
El caso ocurrió en un hospital privado de Santiago de Compostela, donde una serie de errores médicos resultaron en hipoxia intraparto para el bebé

Condenan a una aseguradora a pagar casi 13 millones de euros por mala praxis en un parto en Santiago.
Redacción
La magistrada María Paz Filgueira Paz del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Santiago de Compostela ha dictado una sentencia sin precedentes, condenando a la aseguradora Segurcaixa Adeslas al pago de más de 12.900.000 euros. La indemnización se otorga a una familia cuyo hijo sufrió graves daños durante el parto debido a una mala praxis médica.
El fallo, identificado como número 152/24, establece que la compañía de seguros deberá compensar a la familia, representada por el abogado coruñés Cipriano Castreje Martínez, por los perjuicios causados al menor. Esta suma incluye intereses estipulados por la ley del contrato de seguro desde la fecha de nacimiento del niño.
Errores médicos en el parto
El caso se remonta a un parto ocurrido en un hospital privado de Santiago de Compostela, donde una serie de errores médicos resultaron en hipoxia intraparto para el bebé. A pesar de las señales indicativas en el registro cardiotocográfico, que advertían de la hipoxia, no se actuó de manera adecuada. Como resultado del retraso en la cesárea necesaria, el niño nació con múltiples discapacidades graves, incluyendo parálisis cerebral, ceguera absoluta, epilepsia, sordera y retraso mental, entre otras.
El litigio ha atravesado varias instancias judiciales, culminando en esta histórica sentencia. La magistrada destacó la falta de colaboración por parte de la aseguradora, incluso después de fallos judiciales anteriores, lo que resultó en la aplicación de intereses por mora.
La defensa acusó a la aseguradora de negligencia y falta de compromiso, subrayando que la familia fue abandonada durante más de ocho años. La sentencia marca un precedente importante en la jurisprudencia española en materia de responsabilidad médica y aseguradora.
Fuente: El Correo Gallego
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