La caza del lobo ya está prohibida. Tras meses de un tenso pulso entre políticos, agricultores y ganaderos, el Gobierno de España ya ha culminado su intención de incluir las poblaciones de lobo al norte del Duero dentro del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial con la publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado de la Orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico por la que extiende la protección del cánido al norte del río Duero. La medida entra en vigor mañana, 22 de septiembre.

Orden oficial del BOE

Aval del Consejo de Estado

La orden ha recibido el aval del Consejo de Estado que, después de haber estudiado las alegaciones de organizaciones conservacionistas y gobiernos autonómicos, ha considerado que la decisión de incluir al lobo en el LESPRE está suficientemente motivada, cuenta con una base científica sólida y responde al principio de precaución. La orden entrará en vigor de manera inmediata y unificará los criterios de protección de la especie en todo el país.

Hasta el momento, solo las poblaciones de lobo al sur del Duero se encontraban incluidas en este listado. Sin embargo, la situación da un giro tras recibir y tramitar la propuesta de la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) para la inclusión de todas las poblaciones del cánido en la relación.

La orden ministerial hace extensivo a todas las poblaciones de lobos del país el mismo nivel de protección con que hasta ahora sólo contaban las manadas radicadas en territorios al sur del Duero. La inclusión del conjunto de poblaciones de lobo en el LESPRE que ahora queda sancionada responde a la importancia de la especie como patrimonio cultural, científico, así como por los servicios ambientales que produce la presencia de este carnívoro en los ecosistemas, y recibió el apoyo de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad en su reunión del 4 de febrero pasado.

La decisión cuenta también con el respaldo del informe de evaluación del Comité Científico emitido en 2020, que entiende que el estancamiento de la población de lobo ibérico observado en los últimos años y la congelación de su área de distribución -a pesar de la existencia de hábitats adecuados para su desarrollo más allá del noroeste peninsular-, se ha producido como consecuencia de la elevada tasa de mortandad no natural que soporta la especie, motivo por el cual su estado de conservación entra dentro de la categoría de desfavorable inadecuado-U1. Por tanto, es “necesario promover un cambio en el modelo de gestión que las comunidades autónomas afectadas han aplicado hasta la fecha”.

"Suficientemente motivada"

Como confirma el MITECO, ahora estos argumentos han sido tomados en cuenta por el Consejo de Estado. En su dictamen, el órgano consultivo considera “suficientemente motivada” la inclusión del conjunto de la población lobera española en el LESPRE en virtud del principio de “precaución o cautela” y valida la inmediata entrada en vigor de la orden. De este modo, como consecuencia del cambio de estatuto jurídico de las poblaciones de lobo situadas al norte del Duero, éstas dejarán de ser consideradas objeto cinegético en aquellas comunidades que hasta ahora autorizaban su caza y las medidas de control de la especie pasarán a tener carácter excepcional.

Únicamente podrán ser autorizadas capturas y extracciones de manera justificada cuando todas las medidas de prevención se hayan revelado ineficaces; con la garantía científica de que no comprometerán el buen estado de conservación de la especie y ante la evidencia de daños importantes o recurrentes en la actividad ganadera.

Su inclusión en el listado permitirá que el sistema de protección de la especie sea uniforme en todo el territorio. Al mismo tiempo se homogeneizarán las medidas preventivas, las indemnizaciones y los procesos de control de la especie que se adopten para evitar y paliar los daños provocados a la ganadería por las manadas de lobos. Por último, la iniciativa equipara la normativa española con la de mayoría de países de nuestro entorno, en los que la especie está estrictamente protegida.

Reacciones en Zamora: COAG y UPA

El presidente de COAG Zamora, Lorenzo Rivera, ha expresado su "decepción total y absoluta" tras conocer la orden publicada este martes por el Boletín Oficial del Estado. En este sentido, augura una vez más que "los ganaderos son los que van a sufrir las consecuencias de una decisión totalmente errónea". Si bien las comunidades autónomas afectadas -Castilla y León ya lo anunció- recurrirán la medida ante el Supremo, Rivera razona que "tener que llegar a este punto judicial para solucionar el conflicto es un error político de bulto". También UPA se ha manifestado en el mismo sentido.

Los ecologistas se pronuncian

Por el contrario, Ecologistas en Acción da la bienvenida a la decisión del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Esto es lo que dicen:

Mientras tanto, los ataques de lobo siguen produciéndose. Aquí tienes un ejemplo, el último, en Almeida de Sayago:

La Junta irá a los tribunales

"Asistimos a un día muy triste para la ganadería de Castilla y León y para nuestro ganaderos, estamos asistiendo a una sinrazón porque lo que debemos de proteger es nuestra ganadería si lo que queremos es afrontar de manera clara el reto demográfico". Es la primera reacción del consejero de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, el zamorano Jesús Julio Carnero, tras publicarse hoy la Orden que prohibe la caza total del lobo. El responsable del área anuncia que irán a los tribunales:

Otras disposiciones

La Orden también incluye dos disposiciones adicionales que recoge la agencia Ical. La primera señala que las medidas de extracción y captura de ejemplares que hayan adoptado los órganos competentes de las comunidades autónomas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden podrán seguir siendo de aplicación, siempre que se ajusten a las condiciones y a las limitaciones previstas en el artículo 61.1.b), c) y d) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y en la Estrategia de conservación y gestión del lobo en España. En concreto, se podrán aplicar medidas de extracción y captura de ejemplares que cuenten con una autorización administrativa que se conceda por la autoridad competente de la comunidad autónoma, siempre que no exista otra solución satisfactoria y se justifique con el mejor conocimiento disponible que la medida de extracción y captura de ejemplares no afecta negativamente al estado de conservación favorable de la especie, o se justifique la existencia de perjuicios importantes para el ganado en las explotaciones afectadas, atendiendo a posibles daños recurrentes o significativos.

La disposición adicional segunda manifiesta que la estrategia de conservación y gestión del lobo en España será aprobada por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, y que dicha aprobación deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2021 y se publicará en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La presente orden, sin embargo, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.

TODA LA INFORMACIÓN SOBRE LA GESTIÓN DEL LOBO QUE AFECTA A ZAMORA, AQUÍ