La magistrada del Juzgado de los Social número 2 de Zamora ha hecho suya la interpretación de la Federación Española de Municipios Provincias y ha fallado que los trabajadores no esenciales que disfrutaron durante la pandemia de un permiso retribuido no tienen que devolver esas horas al Ayuntamiento de Benavente.

La juez entiende, pese al decreto del Gobierno, “la interpretación de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) muy contundentes al respecto de indicar que no se puede aplicar este permiso a los funcionarios, y al personal laboral, en ninguna de las escalas porque el decreto promulgado para reducir la movilidad de los empleados por la crisis del coronavirus solo es aplicable al sector privados, excepto a los autónomos”.

Entiende también la juez, en respuesta al conflicto colectivo planteado por CSIF y UGT que el Ayuntamiento de Benavente no ha probado que en otras administraciones se haya seguido un criterio distinto.

La sentencia ha caído como un jarro de agua fría en la Administración local benaventana que ya ha anunciado que recurrirá y que mantendrá su postura de recuperación de horas (ocho días en total) hasta que se produzca una resolución firme.

El Ayuntamiento, según fuentes municipales, considera que no es una cuestión de solidaridad con los trabajadores que sí trabajaron, “sino una cuestión legal que no tiene en cuenta lo que dicta el Real Decreto Ley, que en su artículo 1 dice que el permiso retribuido recuperable es aplicable al sector privado y público”.