El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León conoció ayer, por boca del consejero de Presidencia, José Antonio de Santiago Juárez, el anteproyecto de ley que regula la Conferencia de Alcaldes y Presidentes de Diputación y el Estatuto de los miembros de las entidades locales que incorpora la obligación de la grabación de los Plenos según el tipo de entidades locales. En las de más 20.000 habitantes, se deberá grabar en audio y en vídeo; en las de más de 5.000 habitantes, en audio; en las más de 1.000 habitantes, en audio si se acuerda por el Pleno; y en las de menos de 1.000 habitantes, no hay obligación. Asimismo, se regula el derecho de participación a distancia en casos de embarazo, maternidad/paternidad o enfermedad grave. Las sesiones de los Plenos serán públicas, es decir, que los ciudadanos podrán asistir a los Plenos y los medios de comunicación tendrán derecho a un espacio reservado para poder cumplir con su derecho de información. Las entidades locales podrán promover la grabación y publicación de las sesiones plenarias en plataformas accesibles para la ciudadanía (internet o redes sociales).

Los concejales, incluidos liberados, solo podrán cobrar indemnizaciones cuando justifiquen los gastos y los que incumplan reiteradamente su deber de asistencia a los plenos serán sancionados con una cantidad similar a la que cobrarían.