La Opinión de Zamora

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Tráfico e Inspección de Trabajo de Zamora tendrán que pagar por los aparcamientos reservados

Una sentencia obliga a las administraciones a abonar el tributo municipal, igual que el resto de ciudadanos

Un joven se examina en las pistas de Tráfico, donde pueden parar las autoescuelas ANA BURRIEZA

Todas las administraciones públicas, y organismos dependientes de ellas, tendrán la obligación de pagar la tasa municipal por ocupación de la vía pública, las plazas de aparcamiento reservadas, en Zamora, según la sentencia del Juzgado Contencioso que obliga a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y a la Jefatura Provincial de Tráfico a pagar el tributo del Ayuntamiento. Una decisión que igual a las instituciones con los zamoranos de a pie, que por usar la zona de la ORA.

Ninguna causa de seguridad justifica la exención de esa tasa municipal a esos dos organismos que recurrieron el correspondiente cobro desde 2019, ya que la Ley de Haciendas Locales deja fuera de la aplicación solo a aquellas entidades cuya función esté relacionada con “la seguridad ciudadana o la defensa nacional”. Se beneficia de esa exclusión legal los aparcamientos del entorno de la Comisaría de Zamora, la Comandancia de la Guardia Civil, Dirección Provincial de Defensa, Protección Civil, Policía Municipal o Bomberos.

La juez se basa en que ni la Ley de Haciendas Públicas ni la Ordenanza municipal contempla ninguna otra salvedad, por lo que la jueza considera legal el cobro del tributo, cuya exención nunca ha solicitado expresamente ninguno de esos organismos públicos.

Tráfico deberá, pues, pagar 16.086,72 euros por las anualidades de 2019 a 2021 por la reserva de tres zonas de aparcamiento, así como las costas del juicio. La jueza subraya en base a la mencionada Ley que regula las Haciendas Locales que esta “no prevé” la concesión de este tipo de uso y que establece que “la simple utilización privativa o aprovechamiento del especial” del suelo público conlleva el pago de la tasa. Menciona la señalización horizontal de reserva, “las bandas amarillas” y “la señalización vertical” sobre la zona de aparcamiento que indica su uso exclusivo por parte de Tráfico. Asimismo, no admite la justificación de que la Policía Municipal y las autoescuelas usen esas plazas porque es la Jefatura Provincial la que las reservas.

Tira por tierra otro de los argumentos que apunta a que la decisión del Ayuntamiento vulnera “el principio de confianza”, que implica un “abuso de derecho” y que “debe primar la actuación de colaboración interadministrativa” en aplicación de la legalidad. El que las plazas se hayan convertido en un punto de encuentro de las autoescuelas para realizar los exámenes queda fuera de los supuestos de exención del pago de la tasa. Es más, la sentencia apunta que “perfectamente se podría quedar donde se hacen” esas pruebas, tal y como esgrime el Ayuntamiento, en zona situada entre el cruce de Príncipe de Asturias con el Alto de los Curas y calle de Las Llamas.

Y para evitar que esa tasa pueda repercutir sobre las autoescuelas o la patrulla de Tráfico de la Policía Municipal, la jueza advierte que si es así se debe a que “así lo ha autorizado el titular de la reserva”, único organismo que debe asumir el pago de las plazas de la avenida de Cardenal Cisneros número 41 y 43, en la de Príncipe de Asturias, número 35.

Argumentos judiciales

El Juzgado da por legal que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pague 1.718,04 euros por las tasas de 2019 a 2021 por las plazas reservadas con los mismos argumentos esgrimidos de la sentencia que rechaza el recurso de Tráfico, ya que la función del organismo se relaciona con el cumplimiento de la normativa laboral, en ningún caso de seguridad. Además, nunca solicitó la exención del tributo.

La Ley de Haciendas Locales especifica que se puede eximir de esa tasa los estacionamientos de “los servicios de abastecimiento de aguas en fuentes públicas; alumbrado de vías, vigilancia pública general, limpieza de la vía pública o enseñanza de niveles de educación obligatoria”.

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