La Audiencia Provincial confirmó la apertura del procedimiento abreviado -previo a la celebración del juicio que se desarrollará en el Juzgado de lo Penal en breve-, al estimar que el alcalde de Galende, el popular Jesús Villasante, tuvo una "conducta omisiva respecto del cumplimiento de la sentencia" del Contencioso que imponía el pago de la deuda pendiente con la empresa que equipó la residencia de El Puente. Los magistrados afirmaron que actuó "retrasando en el tiempo la efectividad de la misma", con lo que no solo ignoró la orden del juez, mediante sentencia y por requerimientos, sino que perjudicó a la empresa que reclamaba 80.000 euros.

Los magistrados estimaron en su auto que había "indicios de una conducta obstinada dirigida a evitar el cumplimiento del pago", por lo que respaldaron el procedimiento abreviado iniciado en el Juzgado número 4 contra el mandatario municipal. Las diligencias abiertas en 2014 condujeron a indicios del delito de desobediencia a la autoridad judicial. La Audiencia especificó que "los hechos nucleares" de tal infracción penal "han sido perfectamente reflejados en el auto" porque "basta la omisión o pasividad propia de quien se niega a ejecutar una orden" judicial para contravenir ese fallo. Es suficiente, indicaron, "la adopción de una actitud de reiterada y evidente pasividad a lo largo del tiempo sin dar cumplimiento a lo mandado", como parece que sucedió.