Básicamente el argumento, explica el presidente de la Junta Agropecuaria Local es "que son se pueden exigir impuestos de urbanos a unos terrenos que en realidad son rústicos porque se está gravando una riqueza inexistente". La cuestión está clara, explica Carretero, "sobre todo en terrenos que están en mitad del campo. Otra cosa sería si estuviéramos en 2006 o 2007, en terrenos verdaderamente urbanos", es decir, al lado del casco, con posibilidades de que se construyera en ellos o que tuvieran algún tipo de dotación o "desarrollo urbanístico, aunque sea incipiente, en cuyo caso serían otras circunstancias". Ahora el Catastro reconoce que es de aplicación la sentencia del Supremo, el Ayutamiento, explica Carretero se adhiera a la sentencia. Aunque es verdad que el Consistorio zamorano acordó una bonificación del IBI del 90% en la ordenanza "si eres capaz de acreditar el uso agrario de las parcelas. Esto supone pasar de pagar 600 euros por hectáreas a 50, mucho menos, aunque esa cantidad tampoco es pecata minuta, ya que es un precio normal de renta de la tierra pro ejemplo si alguien quiere arrendar un terreno de secano. Ahora el Catastro debería rebajar el valor de las parcelas, lo que más que consecuencias sobre el IBI (debido a la bonificación municipal) tendría consecuencias en impuestos de transmisiones patrimoniales o sucesiones. Y es que una de estas parcelas puede estar valorada en 550.000 euros por hectárea.