Los denunciantes de la caza y venta ilegal de carne de ciervos, corzos y jabalíes, están "muy satisfechos" con la sentencia del Juzgado de lo Penal que condena a cinco de los seis imputados en la trama de Asturianos. A dos de los tres ganaderos procesados, los hermanos cuyas iniciales son P.O.C. y F.J.O.C., se les impone hasta dos años de prisión por los delitos de tenencia ilícita de armas y tráfico de carne de piezas de caza mayor ilegalmente capturadas en los cotos de Asturianos y Palacios de Sanabria. Al primero de ellos y a su hijo, F.J.O.H., se les prohibe cazar durante tres años y cada uno debe pagar una multa de 2.400 euros por furtivos.

La satisfacción se completa, aunque no del todo, con las penas de seis meses de inhabilitación que la juez impone a dos de los tres guardias civiles acusados de omitir el deber de denunciar los delitos de los ganaderos, una pena que les costará el puesto de trabajo. Los responsables de los cotos estudian recurrir la absolución del tercer guardia imputado, ya que el resto del fallo viene a colmar sus expectativas, dada la laxitud de las leyes que persiguen los delitos que se investigaron en el procedimiento judicial, abierto en 2010.

Su letrado destacaba el triunfo que supone que uno de los ganaderos imputados, P.O.C., tenga sobre sus espaldas una condena por los tres delitos por los que fue procesado, que implican dos años de prisión; y dos años y tres meses sin poder practicar la caza, así como el pago de una multa de 2.400 euros, penas con las que la magistrada castiga el furtivismo. La misma condena establece la magistrada de lo Penal por este último delito para el más joven de los ganaderos, F.J.O.H., e hijo del anteriormente mencionado.

El abogado justificaba la importancia de la prohibición de cazar porque "es una pena principal del delito contra la fauna", el artículo que castiga la caza ilegal. Además, los tres integrantes de la misma familia, con una importante cabaña ganadera en la zona de Asturianos, están condenados a un año de prisión cada uno por el delito de tenencia ilícita de armas, de "una escopeta de caza con cañones superpuestos de marca Bettinsoli, calibre 12/70", que tenían "en la nave conocida como matadero", "introducida ilegalmente en España", pero "legalizada en Portugal", así como 64 cartuchos. todo el material estaba en perfecto estado para disparar.

Hechos probados

La juez estima probado que P.O.C. y F.J.O.C. (padre e hijo) "se dedicaban durante los meses de febrero y abril de 2010 a la caza de diferentes especies cinegéticas como ciervo, corzo y jabalí" en los cotos de Asturianos y Palacios, "dentro y fuera de los periodos previstos, careciendo de licencia para cazar en esos terrenos e incluso de noche (sin que esté nunca autorizada la caza nocturna de estos animales) y sin atenerse a ningún plan cinegético, cazando indiscriminadamente machos y hembras". Los imputados "poseían a su disposición" la mencionada escopeta", mientras que los hermanos, P.O.C. y F.J.O.C., "destinaban al consumo humano, con venta a terceros, la carne de las piezas" abatidas ilegalmente.