La posibilidad de que las empresas pagaran el IVA a Hacienda una vez cobrada la factura ha sido una de las más publicitadas por el Gobierno de Mariano Rajoy y una de las más solicitadas por las empresas, sobre todo por los autónomos, que veían un riesgo en el anterior sistema por la elevada morosidad que a veces se ven «obligados» a soportar. Sin embargo, pese a las demandas y el interés del Gobierno en que las empresas y autónomos conocieran el nuevo sistema, el interés de estos últimos ha sido bajísimo. De los más de 23.000 potenciales beneficiarios de la medida en la provincia solo el 1% habría dado el «sí quiero». Las empresas y autónomos optan así, por interés o por desconocimiento del nuevo sistema, esto último bastante improbable, por seguir el actual sistema. Es decir, los potenciales beneficiarios pagan el IVA cuando emiten la factura, aunque cobren la misma meses después, algo que habitualmente sucede.

El régimen de IVA de caja, así se conoce a esta medida, se incluyó en la Ley de Emprendedores aprobada en septiembre de 2013 -se publicó en el BOE ya casi en invierno-, estableció que las empresas con un volumen de facturación inferior a dos millones de euros y que quisieran aplicar el IVA de caja a partir de este año deberían comunicárselo al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas antes de que finalizara el ejercicio pasado. Ante el nulo interés que mostraron las mismas empresas que llevaban años solicitándolo Hacienda decidió ampliar el plazo hasta finales del mes de marzo, pero la respuesta, aunque mejoró levemente, sigue muy lejos de la esperada por el Gobierno.

No será por la labor de la patronal de la provincia ya que desde CEOE-Cepyme remitieron hace meses una carta a todos sus socios en la que les recordaban la aplicación de esta medida. La patronal recordaba entonces que la medida es «voluntaria, de carácter optativo». Los representantes de los empresarios recordaban que «hay que tener en cuenta el coste administrativo por las obligaciones formales adicionales que supone la aplicación del criterio de caja», algo que podía ser, decía la patronal, «engorroso».

Otra de las posibles causas de la poca adhesión a la medida es que, aunque las empresas no deberán pagar el IVA hasta no cobrar la factura, y esta es la parte positiva y defendida por los empresarios y autónomos durante años, tampoco podrá deducirse el impuesto hasta que la haya pagado. A día de hoy las sociedades y emprendedores que recibían un servicio se deducían el IVA sin haber pagado la factura. La una va unida a la otra y, por tanto, el derecho a beneficiarse de la parte positiva de la ley conlleva un cierto «impacto negativo» en las empresas. De esta manera las empresas se cuidan mucho de analizar su estructura de ingresos y gastos para determinar si les beneficia el régimen de IVA de caja. A una empresa que reciba numerosos servicios, por tanto, podría no interesarle retrasar el pago del IVA si ello conlleva que tampoco podrá deducirse el impuesto hasta que se lo abone a su proveedor.