Cerca de 150 ejecuciones hipotecarias llegan cada año a los juzgados zamoranos (es una estimación, ya que en 2011 fueron 138 y el año anterior 196), unos procedimientos en los que el deudor, e incluso el propio juez, tenían hasta ahora poco que decir debido a que la ley daba toda la razón procedimental al ejecutor del préstamo, la entidad financiera. Sin embargo, la sentencia conocida ayer por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre las puertas a que, al menos, el deudor pueda defenderse y el juez entrar en el proceso, determinando si hay cláusulas abusivas, posibilidad que ha sido muy bien valorada por la Plataforma de Afectados de la Hipoteca de Zamora, constituida por un grupo de ciudadanos que tratan de arropar a las familias afectadas por los desahucios. Uno de sus miembros, el abogado Patricio Alonso explica que «esto no es la dación en pago (la principal reclamación del colectivo, la entrega de la vivienda a cambio de saldar la deuda), pero la sentencia sí puede ser positiva y desde luego nos da la razón en lo que siempre hemos dicho: el procedimiento de ejecución hipotecaria español es lesivo para los intereses del consumidor y lesiona derechos fundamentales, como el de la tutela efectiva de los tribunales». Con esta sentencia, «el juez podrá entrar a debatir en el procedimiento si existen cláusulas abusivas», lo que ocurre en «la mayoría de los casos y situaciones a las que hemos apoyado». Para la Plataforma ha sido como «ganar una batalla en esta lucha que llevamos desde hace cuatro años, una victoria más en este asunto», gracias al abogado y el juez de Barcelona que «han llevado este procedimiento adelante» y han logrado que el Tribunal Europeo les de la razón.

No se cambia, advierte, el fondo de la ley hipotecaria, sino que tumba más bien aspectos procedimentales, pero muy importantes, y desde luego la sentencia «va en la dirección de la filosofía que nosotros denunciamos, porque los procedimientos hipotecarios españoles son equilmadores dejan indefensas a las personas». Pone un ejemplo de cláusula abusiva: «Si dejas de pagar por ejemplo cuatro cuotas de la hipoteca, pongamos 1.600 euros, me pueden pedir la ejecución de todo el contrato, 120.000 euros, por ejemplo, además con intereses de demora altísimos. Los afectados e incluso los jueces están atados de pies y manos prácticamente hasta poco antes del lanzamiento».

El resultado es que, en muchos casos, la familia que no puede pagar las cuatro letras se queda sin piso y con una abultada deuda, ya que lo que lleva pagado seguramente se lo coman los intereses de demora del 15% al 20% que le cobrará el banco. El fin último de la historia son familias que se quedan sin casa y con una deuda de por vida de 50.000 o 60.000 euros «que nunca podrán pagar». Y acaban en una verdadera «clandestinidad económica» ya que todo lo que ingresen se lo pueden embargar, excepto una cantidad que se considera básica para sobrevivir, que está en 960 euros mensuales (unos 1.300 en el caso de una familia con dos hijos). «Pero nunca podrán ahorrar en una cuenta bancaria, tendrán que dejar el dinero en casa, ni se podrán meter en ninguna otra inversión, porque tienen una deuda de por vida».

El hecho de que el juez y los deudores puedan entrar al menos a debatir aspectos de la deuda seguramente no haga que menos ciudadanos pierdan sus casas, pero sí evitar las escandalosas situaciones que se dan en la actualidad: perder el piso y mantener la deuda.