Tengo un okupa en mi plaza de garaje, ¿qué hago?

"La grúa municipal no puede actuar en una propiedad privada" es la respuesta que se llevó un zamorano que se encontró con esta situación

Plazas de garaje en un edificio de viviendas.

Plazas de garaje en un edificio de viviendas. / LEVANTE-EMV

Llegas a casa después de unos días fuera y, sorpresa. Alguien ha aparcado en la plaza de garaje de tu propiedad. La primera reacción suele ser llamar a la Policia Municipal para que la grúa se haga cargo del “okupa”. Pero… la grúa municipal no está capacitada para retirar un coche en una urbanización privada. Esa fue la respuesta que se encontró un zamorano que, durante los días de Semana Santa intentó localizar, incluso a través de las redes sociales, al propietario de un lujoso vehículo estacionado en su plaza de garaje.

El debate se abrió enseguida: ¿Despiste de alguien que había alquilado piso y plaza? ¿Simplemente “morro” por parte de quien aparcó sin más? Si la okupación de viviendas es un fenómeno, desgraciadamente a la orden del día en España, lo mismo empieza a ocurrir en los garajes. ¿Qué se puede hacer al respecto?

Algunos consejos

Lo primero es establecer si la okupación es parcial o es total. Es frecuente que algún vecino de plaza de garaje invada la nuestra. Se trata de una okupación parcial, pero cuando una rueda o parte de la carrocería se sale de la línea, se trata solo de una falta.

Cuando nos encontramos con otro coche en nuestra plaza, lo primero es identificar al propietario. Si es así, es bueno contar con un testigo de la conversación que, siempre en buen tono, dé fe de nuestras buenas maneras y de nuestra petición ante posibles denuncias posteriores. Porque sí, podemos acabar denunciados aún llevando razón de fondo.

Por supuesto, jamás debemos provocar algún tipo de daño sobre el vehículo, pues entonces nuestro delito sería mayor que la falta que se produce por invadir nuestro aparcamiento.

Solo el presidente de la comunidad puede llamar a una grúa particular para que retire el coche. Los gastos correrán a cargo del infractor, pero para ello es necesario una actuación judicial.

La denuncia debería producirse si pasan los días y no logramos la retirada del “invasor”. Ello dará lugar a un proceso, que puede ser civil por desahucio o penal por usurpación, más largo y costoso que en última instancia acabará en una multa para el okupa que según los casos que hemos analizado rondaría los 5 euros diarios. Si insiste en su actitud la acción pasará de ser considerada falta a delito, pues se sumaría un delito de desobediencia. Pero lo largo y costoso de un procedimiento judicial aconseja recurrir siempre al diálogo. En caso de que la plaza sea alquilada, será el inquilino el que se haga cargo de todo el proceso, aunque deberá comunicarlo en todo momento al propietario.