La Opinión de Zamora

La Opinión de Zamora

Logo carta de los lectores

Ruralidad, diputaciones y vivienda pública en pequeños municipios

Viviendas en construcción MIGUEL Á. RODRÍGUEZ | EUROPA PRESS

Uno de los derechos fundamentales que tiene todo ciudadano español es el disponer de una vivienda digna según la Constitución Española de 1978; lo que le permitirá de una vida confortable a lo que todo ser humano aspira.

Consecuentemente, y por ese imperativo legal, los poderes públicos, todos, sin excepción, y en consonancia con las competencias que el ordenamiento jurídico especial les haya otorgado, tendrán que procurar coadyuvar a que dicho mandato de la Carta Magna sea una realidad; obviamente teniendo en cuenta, ponderando y priorizando, recursos, créditos presupuestarios y las necesidades más apremiantes en cada momento.

Pero es que la disponibilidad de vivienda en el medio rural, además, es fundamental para atraer población, talento, industria, negocios, etc., pues su personal la requiere disponer del alojamiento que todo ser humano precisa; favoreciendo la movilidad de personas; si existen en número suficiente en relación con la demanda que pudiera surgir.

La buena “gobernanza rural”, la “cohesión territorial”, el evitar “vacíos demográficos”, las “dinámicas de desarrollo”, la “repoblación rural”, evitar la “emigración”, exigen, la disponibilidad de viviendas en los pequeños municipios

decoration

La normativa principal del Régimen Local, contempla en la Ley 7/1985, reguladora de sus Bases, art. 25.2. b “Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación”, de lo que se deduce que los Ayuntamientos tienen competencia en materia de viviendas, y que las Diputaciones Provinciales habrán de cooperar con los Municipios en el desempeño de la misma; de lo que se puede deducir que sí las Diputaciones Provinciales deben, y pueden, colaborar y aportar a las Corporaciones Municipales todos los medios económicos, técnicos y jurídicos que precisen en su política de fomento de la vivienda; y no decir “esto no es mío”; pues “sí es suyo”, al contribuir al fomento provincial a través de facilitar, a través, de los Ayuntamientos; y si se considera oportuno, que así debiera considerarse, la creación de Patronatos Municipales y Provinciales de la Vivienda, que haberlos “haylos”; y muy exitoso,s al haber resuelto a numerosos ciudadanos un hogar adecuado y no muy lejos.

La buena “gobernanza rural”, la “cohesión territorial”, el evitar “vacíos demográficos”, las “dinámicas de desarrollo”, la “repoblación rural”, evitar la “emigración”, exigen, la disponibilidad de viviendas en los pequeños municipios; pues legislación, medios y necesidades ciudadanas, existen y así lo demandan.

“Manos a la obra”, nunca mejor dicho, evitando “pelotas fuera”, “eso no es de mi competencia”, etc., pues de cualquier ciudadano es competencia contribuir al bienestar colectivo y más si cabe de Administraciones Públicas, políticos y directivos públicos, “que pa eso cobran” y son sus obligaciones.

¡Pobre Juan Español… sigue “doliendo…”.

Marcelino de Zamora

Compartir el artículo

stats