Muchas comunidades permiten desgravar en la declaración de IRPF por libros de texto y escuelas infantiles, como la Comundad Valenciana, pero algunas incluyen también extraescolares, clases particulares y compra de equipos informáticos, una campaña de la renta 2023 en la que aumentará la deducción por guardería tras una decisión del Supremo.

A raíz de la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de enero de 2024, el importe de la deducción por maternidad se podrá incrementar hasta en mil euros adicionales no solo para las familias que llevan a su hijo a un centro de educación infantil autorizado por la comunidad autónoma, sino también a aquellos acreditados por el ayuntamiento.

Si se presentaron las declaraciones de los años anteriores sin aplicar este incremento y ahora, por aplicación de la sentencia del TS fuese posible hacerlo, se puede pedir una rectificación.

En la declaración del IRPF 2023, que se abrió este miércoles y cierra el 1 de julio, la deducción por libros de texto, material escolar y guarderías está muy extendida, aunque con exigencias muy distintas.

En el caso de Asturias el 15 % de las cantidades abonadas a centros de cero a tres años. El importe máximo de la deducción será de 500 euros anuales por cada descendiente que no supere la citada edad.

Inesperado regalo a los pensionistas

El Ministerio de Hacienda ha extendido a los jubilados de otros sectores las deducciones fiscales en el IRPF a las que, según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, tienen derecho los profesionales del sector bancario por las cotizaciones aportadas en las mutualidades laborales, antes de la creación del sistema actual de Seguridad Social en 1978. Así lo ha reconocido la Dirección General de Tributos a una consulta de CC OO, según informó "La Opinión de Murcia", del mismo grupo editorial que LA NUEVA ESPAÑA. La medida podría beneficiar a miles de pensionistas en Asturias, sobre todo los de la industria y la minería, sectores preponderantes en la región en aquellos años. Según fuentes sindicales, existe un "aluvión" de consultas para acceder a dichas deducciones.

Hasta 1967, los trabajadores españoles garantizaban su pensión mediante las aportaciones a las mutualidades laborales, corporaciones de derecho público tuteladas por el Ministerio de Trabajo. Dichas cuotas tributaban en el Impuesto de la Renta al 100%. Entre 1967 y 1978 funcionaron como entidades gestoras de la Seguridad Social, y ahí las aportaciones sí se consideraron gastos deducibles. En ese lapso, las mutualidades convivieron con el incipiente sistema de Seguridad Social, que se convertiría en definitivo en 1978, cuando se inició el modelo de cotizaciones que existe hoy. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo señala que los jubilados de la banca que hicieron las mencionadas aportaciones a las mutualidades entre 1967 y 1978 sólo deben tributar en el IRPF por el 75% de la pensión, y no el 100%, para evitar así una doble imposición. Por lo tanto, quienes realizaran la declaración por el total tienen derecho a que, en los cuatro últimos ejercicios fiscales –de 2018 a 2021, ambos inclusive–, la Agencia Tributaria les devuelva el 25% por el que no debieron tributar. Una devolución que oscila entre los 3.000 y 4.000 euros por reclamante.

Para solicitar esta devolución, los contribuyentes solo deben acceder al portal oficial de la Agencia Tributaria en Internet, identíficándose previamente con la Clave Pin, el certificado digital o el DNI electrónico o el número que figura en la casilla 505 de la Renta del año anterio.