La Opinión de Zamora

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Alcañices recuperará la ribera del Angueira como espacio de ocio para alistanos y lusos

El Ayuntamiento aprueba un reglamento que, junto con la nueva depuradora, evitará la degradación del río fronterizo y sus orillas

Actuación en las inmediaciones del río Angueira para mejorar el entorno. | Ch. S.

Con el fin de los vertidos en la ribera de Bouzas de Alcañices, al estar ya en marcha la nueva Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) el Ayuntamiento que preside Jesús María Lorenzo Más tiene ahora por objetivo volver a conseguir que el río Angueira se convierta en un lugar idóneo e idílico para el ocio y tiempo libre, como lo fue antaño, recuperando la ruta y senda entre Alcañices y la freguesía portuguesa de Sao Martinho de Angueira, hacia donde discurre el río.

La localidad lusa era la principal perjudicada por la falta de depuración en Alcañices, un problema al que se ha puesto fin gracias a la colaboración de la Junta de Castilla y León, la Diputación de Zamora y el propio Ayuntamiento de Alcañices, que juntos han invertido 882.261 euros en la EDAR.

Con el fin de lograr esa recuperación total de la ribera del río Angueira para el ocio, además de poner en marcha la depuradora, el Ayuntamiento de Alcañices ha elaborado el Reglamento de Alcantarillados evitando debilidades, desequilibrios y amenazas para el ecosistema. Se acabó el “todo vale” y con la infraestructura y la normativa ya en marcha los responsables de actos o vertidos ilegales deberán de responder ante los dos organismos competentes: Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero del Ministerio para la Transición Ecológica y Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

Puesta en funcionamiento la nueva EDAR el Ayuntamiento de Alcañices estaba en la obligación legal de poner en marcha el reglamento –el cual pasó la exposición pública sin alegaciones– para evitar cualquier incidencia que pudiera dañar o dificultar una depuración adecuada. El propio municipio realizará las inspecciones que considere oportunas para verificar las condiciones y características de los vertidos a la red.

Los vecinos de Alcañices o empresas que cometan infracciones de carácter muy grave en la red de saneamiento de Alcañices podrían ser sancionados con multas que irían desde los 1.500 hasta los 3.001 euros. La delimitación de la cuantía de la multa será fijada discrecionalmente atendiendo a la gravedad de la infracción, al perjuicio ocasionado a los interesados generales, a su reiteración por parte del infractor, al grado de responsabilidad del responsable y de las demás circunstancias en que pudiera incurrir. Ante la gravedad de la infracción o en el caso de contumacia manifiesta, la Administración municipal cursará la correspondiente denuncia a los organismos oficiales competentes a los efectos correctores que pudieran proceder.

Estación depuradora de Alcañices. | Ch. S.

La máxima pasa por asumir que el decoro de los pueblos y la preservación de sus valores pasa ineludiblemente por aplicar unas normas por la administración municipal y desarrollar unas buenas prácticas por todos: organismos públicos y ciudadanos.

La nueva normativa considera como “muy grave” causar daño a las instalaciones, ya sea en la integridad o funcionamiento de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR), así como cuando por la cantidad y calidad del vertido exista un grave riesgo para la salud de las personas, los recursos naturales, el medio ambiente, el dominio público o el correcto funcionamiento de las instalaciones de depuración.

Las infracciones graves se sancionarán con multas de 151 a 1.500 euros. Aquí se incluye la realización de vertidos prohibidos; construir, modificar o utilizar la red sin licencia o causar daños graves a las instalaciones en su integridad o funcionamiento, como consecuencia del uso indebido, cuando el importe de los daños esté comprendido entre los 1.500 y los 4.500 euros. Se considera grave la contaminación de las calzadas de las vías públicas con tierras o áridos procedentes de excavaciones o movimientos de terrenos ocasionados en el transporte de los mismos.

Sin la preceptiva licencia del Ayuntamiento no se podrán efectuar conexiones de acometidas de saneamiento ni cualquier otra obra, ni manipulación de la red del alcantarillado existente. Una vez detectadas, las conexiones o manipulaciones sin licencia serán suprimidas por el ayuntamiento, directamente o a través del prestador del servicio, sin más trámite y con cargo a quien haya realizado la manipulación. Las infracciones leves se sancionarán con 150 euros: acciones u omisiones que contravengan el reglamento.

Se argumenta que para “Asegurar la eficacia en la gestión del sistema de saneamiento de Alcalñices se requiere el conocimiento detallado de los usuarios y sus vertidos. Esta eficacia debe conllevar la óptima explotación de las instalaciones de alcantarillado y depuración para permitir la protección del medio natural, a la vez que permitir un reparto adecuado de las cargas a los usuarios en función de su carga contaminante, en ampliación de quien contamina paga”.

En todas las vías públicas la construcción del alcantarillado deberá preceder o cuando menos ser simultánea a la del pavimento definitivo correspondiente. La construcción de tramos de alcantarillado por parte de particulares obligará a estos a restituir en igualdad de condiciones a las preexistentes, los bienes, tanto públicos como privados, que hubieren resultado afectados. En el caso de vulneración del reglamento de alcantarillado, con independencia de las multas precedentes y procedentes, la Administración municipal podrá, con la finalidad de suprimir los efectos de la infracción y restaurar la situación de legalidad, adoptar la suspensión de los trabajos de ejecución de las obras de acometida o de pretratamiento indebidamente realizadas.

Queda terminantemente prohibido el vertido de aguas limpias o aguas industriales no contaminantes (de refrigeración, pluviales o de achiques freáticos) a los colectores de aguas residuales cuando pueda adoptarse una solución técnica alternativa por existir en el entorno de la actividad una red de saneamiento separativa o un cauce público. En caso contrario, se requerirá una autorización especial municipal para realizar tales vertidos.

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