El Ayuntamiento de Losacino (Vide, El Castillo y Muga) ha puesto en marcha la primera ordenanza reguladora del vertido de purines, estiércoles y otros residuos procedentes de fuentes de origen ganadero en la provincia. La nueva normativa, aprobada por la Corporación Municipal que preside Ana María Barrera, ha pasado el período de exposición pública sin que se presentara alegaciones a ella.

Puesta de relieve "la problemática de índole sanitaria y medioambiental que origina en este municipio el vertido de purines y residuos ganaderos" nace dicha ordenanza "con la vocación de cumplir un objetivo primordial: establecer las medidas necesarias para prevenir y en último caso, corregir la contaminación medio ambiental eliminando, en la medida de lo posible, la negativa repercusión que en la calidad de vida de los vecinos producen las molestias, incomodidades e insalubridades generadas por el vertido de purines, estiércoles y otros residuos ganaderos".

Varios municipios de Tierra de Alba y de Tierra de Tábara ya han pedido a Losacino de Alba el texto de la ordenanza para aplicar una normativa similar, algo que ya no se podrá hacer antes del verano y cuya aprobación correspondería a las nuevas corporaciones.

El Ayuntamiento de Losacino de Alba podrá imponer a partir de ahora multas de entre 800 y 1.000 euros a los ganaderos que cometan infracciones muy graves, de 300 a 800 euros por las infracciones graves y hasta 300 por las infracciones leves.

En la imposición de sanciones "se deberá guardar adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada, considerándose especialmente los siguientes criterios para la graduación a aplicar: la existencia e intencionalidad o reiteración; la naturaleza de los perjuicios causados y particularmente la intensidad de la perturbación causada a la salubridad y la reincidencia por la comisión en un mismo año de más de un infracción de la misma naturaleza, cuando así se haya declarado por resolución firme". Una vez en marcha la ordenanza, las explotaciones ganaderas ubicadas en otro término municipal que en su plan de gestión tengan incluidas fincas rústicas del termino municipal de Losacino y sus anejos Muga, El Castillo y Vide de Alba, deberán poner en conocimiento de la Alcaldía dicha circunstancia en el plazo de dos meses (el plazo se cerraría el 15 de julio) desde su puesta en vigor, presentando una declaración responsable de su titular en la que se indicarán los datos catastrales de las fincas afectadas y copia de la ficha de aplicación de las deyecciones ganaderas a realizar.

La posible contaminación de acuíferos es una de las cosas más temidas por autoridades y vecinos ante la llegada de la macrogranjas. Por este motivo se prohíbe terminantemente la construcción o instalación de balsas de purines en el término municipal por parte de explotaciones ganaderas de porcino que no tengan el domicilio social en Losacino, Vide, El Castillo o Muga. Además se prohíbe el encharcamiento y la escorrentía de purines, asé como el esparcimiento d estiercoles fueras de las fincas rústicas de labor. No se podrán "esparcir los purines en suelos que estén cubiertos por heladas, nieve o desnudos de vegetación, ya que favorecen la escorrentía".

La zona de exclusión afecta a una franja de 250 metros de anchura alrededor de los límites de los cascos urbanos y en ella no se podrán verter purines ni estiercoles. Para los cauces de agua catalogados como tales por la Confederación Hidrográfica del Duero, no utilizados para abastecimiento poblacional, la franja de seguridad será de 50 metros. En Tábara y Alba cada vez son más los vecinos residentes que se oponen a las macrogranjas de porcino.