El Ayuntamiento de Fermoselle ha decidido desterrar el salvajismo humano y, en aras al civismo, ha aprobado la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales, que pasarán a tener un respeto en toda regla. Las finalidades son: "alcanzar el máximo nivel de protección y bienestar de los animales, garantizar una tenencia responsable y la máxima reducción de las pérdidas y los abandonos de animales, fomentar la participación ciudadana en la defensa y protección de los animales y preservar la salud, la tranquilidad y la seguridad de las personas". La ordenanza está enmarcada en la normativa europea, estatal y regional, y existe la posibilidad de plantear un recurso contencioso-administrativo.

El Ayuntamiento expone que "todo el mundo tiene derecho a disfrutar de los animales y el deber de protegerlos, de acuerdo con la Constitución Española, y el Ayuntamiento tiene el deber de proteger los animales conforme a la Carta Magna, además de atender las reclamaciones, denuncias o sugerencias de las personas y ejercer las acciones que considere oportunas de acuerdo a la legislación vigente en la materia".

Aunque es de sentido común, el Equipo de Gobierno presidido por el alcalde Alejandro Fermoselle, deja claro que "queda prohibido maltratar, agredir o afectar físicamente o psicológicamente a los animales, abandonarlos, incluso sus cadáveres, mantener a los animales en instalaciones indebidas desde el punto higiénico sanitario de bienestar y de salud animal, no facilitar a los animales la alimentación suficiente y equilibrada para mantener unos buenos niveles de nutrición y salud, y transportar los animales sin ajustarse a la normativa sobre protección y condiciones de seguridad de los animales en el transporte".

El responsable es el poseedor del animal, pero deberán colaborar encargados de criaderos, establecimientos de venta o centros de acogida, los adiestradores, las asociaciones de protección y defensa de los animales, veterinarios, porteros, conserjes, guardas o encargados de fincas rústicas o urbanas.

Los propietarios y poseedores de animales domésticos "tienen que mantenerlos en buenas condiciones de seguridad a fin de que no se produzca ninguna situación de peligro o molestia para los vecinos o para las personas que conviven y para otras personas en general".

Todos los animales de la especie canina, y de otras especies que se determine, deberán estar identificados electrónicamente mediante microchip. Se considerará abandonado un animal de compañía cuando no lleve la identificación establecida legalmente para localizar al propietario y no vaya acompañado por ninguna persona. Los que aparezcan abandonados y los que sin serlo, circulen sin la debida identificación serán recogidos por los servicios municipales y mantenidos en observación durante un período de 20 días naturales.

El Ayuntamiento exige "que se evite que causen daños o ensucien los espacios públicos y las fechadas de los edificios, y quedan prohibidas las deposiciones y las micciones de animales domésticos en los parques infantiles o jardines de uso por parte de los niños, así como en el mobiliario urbano". Además deben recogerse "las deposiciones inmediatamente y colocarlas de manera higiénicamente aceptable dentro de las bolsas adecuadas en los lugares destinados a tal efecto, y proceder inmediatamente a la limpieza de los elementos afectados".

En el núcleo urbano, el máximo de perros que puede tenerse en un inmueble, "es de dos perros".

Competencia del alcalde

Todas las actividades reguladas en ordenanza quedan sujetas a la acción inspectora del Ayuntamiento, y la competencia para incoar los procedimientos sancionadores corresponden a la Alcaldía. Serán infracciones graves "no vacunar o no realizar tratamientos obligatorios a los animales de compañía y no prestarlos la atención veterinaria necesaria para garantizar su salud y evitar perjuicios graves.

Serán infracciones leves, entre otras, no registrarlos, llevar a los animales en la vía o en los espacios públicos sin una placa identificativa, no llevar a los veterinarios un archivo con las fichas clínicas de los animales que se tienen que vacunar o tratar obligatoriamente y no tener actualizado o tramitado el libro de registro de los núcleos zoológicos. La sanción puede llegar a los 400 euros.